Decreto 36/2023

Fecha de publicación23 Enero 2023
EmisorNOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-02528049-APN-DGD#MDP, las Leyes Nros. 22.415 (Código Aduanero) y 27.541 y sus respectivas modificaciones, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, 317 del 28 de marzo de 2020 y sus modificatorios, 810 del 25 de noviembre de 2021, 867 del 23 de diciembre de 2021 y 863 del 29 de diciembre de 2022, y la Resolución Conjunta N° 1 del 6 de enero de 2022 del MINISTERIO DE SALUD y del ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

Que, a su vez, por el artículo 1° del Decreto N° 260/20 y sus modificatorios se dispuso ampliar la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada ley, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación con la COVID-19 por el plazo de UN (1) año, a partir de la entrada en vigencia del mismo.

Que dada la situación de emergencia sanitaria y con el fin de no afectar la atención sanitaria de la población como consecuencia del brote de COVID-19, en su momento resultó necesaria la adopción de medidas para garantizar el acceso a ciertos insumos críticos, con el fin de mitigar la propagación del virus SARS CoV-2.

Que, en tal sentido, se dictó el Decreto Nº 301 del 19 de marzo de 2020 mediante el cual se dispuso que las exportaciones de aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios debían tramitar un permiso de exportación a ser emitido por el ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con la necesaria intervención del MINISTERIO DE SALUD, el que posteriormente fue derogado por el Decreto N° 625 del 29 de julio de 2020.

Que, asimismo, por el Decreto N° 317/20 y sus modificatorios se estableció idéntico tratamiento para otros productos o bienes requeridos por el sistema de salud, tales como alcohol, medicamentos, aparatos de diagnóstico, elementos de protección, respiradores y oxigenadores, entre otros, con el objetivo de enfrentar de la mejor manera posible la situación sanitaria que atravesaba nuestro país y el mundo en general.

Que por medio de los Decretos Nros. 405 del 23 de abril de 2020, 243 del 18 de abril de 2021 y 286 del 29 de abril de 2021 se dispuso ampliar el universo de bienes alcanzados por el Decreto N° 317/20 y sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR