Decreto 366/2012

Fecha de disposición12 Marzo 2012
Fecha de publicación14 Marzo 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 12/3/2012

VISTO los Decretos Nros. 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, 1547 de fecha 6 de noviembre de 2007, 53 de fecha 15 de enero de 1998, 64 de fecha 18 de enero de 2000 y 1254 de fecha 12 de diciembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE SALUD, es el órgano encargado de regular y supervisar los Servicios de Salud, y controlar el funcionamiento del Sistema de Obras Sociales de los Agentes del Seguro de Salud, de los prestadores intervinientes y de toda otra entidad prestadora o financiadora de prestaciones médico-asistenciales, entre otros cometidos.

Que la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, tiene como objetivos implementar, reglamentar, administrar y entregar los recursos provenientes del Fondo Solidario de Redistribución creado por la Ley Nº 23.661 y modificatorias y desarrollar e implementar Programas de Prevención de patologías de alto impacto económico y aquellas que por sus características demanden una atención prolongada en el tiempo, y de Promoción de la Salud para los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que en atención a la estrecha vinculación existente entre los cometidos asignados a los precitados organismos, resulta conveniente unificar la política estratégica en materia de prestaciones médicas a fin de fortalecer el desarrollo y promoción de la salud, optimizando el uso de los recursos públicos y perfeccionando la acción estatal.

Que para el logro de tales objetivos resulta conveniente efectuar un reordenamiento que permita concretar las metas de racionalización y eficiencia en la gestión pública, disponiendo la transformación de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES en un órgano desconcentrado de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, que actúe a través de la GERENCIA GENERAL de la misma.

Que en tal sentido, resulta conveniente que la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES conserve los objetivos, funciones, personal de revista, incluyendo al personal jerárquico y al personal contratado, bienes que integren su patrimonio y demás cuestiones que hagan a la continuidad jurídica del Organismo, en los términos del Decreto Nº 53 de fecha 15 de enero de 1998, sus normas...

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