Decreto 90/2008

Fecha de disposición16 Enero 2008
Fecha de publicación16 Enero 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31324

Disminúyese la alícuota establecida en el Artículo 1º de la Ley Nº 24.625 de Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos y sus modificaciones. Vigencia.

Bs. As., 14/1/2008

VISTO la Ley Nº 24.625 de Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 9º del Título IX de la Ley Nº 25.239 se modificó la Ley Nº 24.625 de Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos y sus modificaciones, elevándose al VEINTIUNO POR CIENTO (21%) la tasa del gravamen, facultándose asimismo al PODER EJECUTIVO NACIONAL para disminuirla hasta un mínimo del SIETE POR CIENTO (7%), previo informe técnico favorable y fundado del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION.

Que a través del Decreto Nº 518 de fecha 30 de junio de 2000, se dispuso un cronograma TRANSPORTE FERROVIARIO Decreto 91/2008

Ratifícanse los actos suscriptos por la Secretaría de...

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