Decreto 176/2012

Fecha de disposición03 Febrero 2012
Fecha de publicación09 Febrero 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 3/2/2012

VISTO los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 1025 del 14 de junio de 2002, 1085 del 5 de mayo de 2003, 1386 del 30 de diciembre de 2003, 1406 del 13 de octubre de 2004, 594 del 3 de junio de 2005, 436 del 17 de abril de 2006, 235 del 14 de marzo de 2007, 1311 del 2 de octubre de 2007, 929 del 11 de junio de 2008, 390 del 23 de abril de 2009, 2164 del 28 de diciembre de 2009, 1596 del 3 de noviembre de 2010 y 396 del 5 de abril de 2011 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1025 del 14 de junio de 2002 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA el cargo con Funciones Ejecutivas de Director de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.

Que en el artículo 5º del mencionado Decreto Nº 1025/02 se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995) en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.

Que por el Decreto Nº 1085 del 5 de mayo de 2003 se ha prorrogado por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 1386 del 30 de diciembre de 2003, 1406 del 13 de octubre de 2004, 594 del 3 de junio de 2005, 436 del 17 de abril de 2006, 235 del 14 de marzo de 2007, 1311 del 2 de octubre de 2007, 929 del 11 de junio de 2008, 390 del 23 de abril de 2009, 2164 del 28 de diciembre de 2009, 1596 del 3 de noviembre de 2010 y 396 del 5 de abril de 2011, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACION el término fijado en el artículo 1º del aludido Decreto Nº 396 del 5 de abril de 2011.

Que en atención a la entrada en vigencia del...

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