Decreto 343/2022

Fecha de publicación27 Junio 2022
SecciónDecretos
EmisorPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS


Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2017-04606483-APN-DFCG#MJ, el Decreto-Ley N° 6582 del 30 de abril de 1958 (texto ordentado por Decreto N° 1114 del 24 de octubre de 1997) y sus modificatorias, el Decreto N° 644 del 18 de mayo de 1989 y su modificatorio Nº 2265 del 22 de diciembre de 1994 y las Resoluciones del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS N° 368 del 27 de mayo de 2019 y N° 1397 del 9 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Expediente mencionado en el Visto tramita el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por el señor Héctor José BERRUEZO contra la Resolución del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS N° 368/19.

Que mediante el citado acto, entre otras cuestiones, se dio por concluido el sumario administrativo que se ordenara instruir al causante y, en ese marco, se declaró la existencia de responsabilidad disciplinaria del sumariado por distintas faltas cometidas en ocasión de su desempeño como Interventor del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN, Provincia de JUJUY; destacándose que de haberse encontrado en ejercicio de la función de Encargado Titular le hubiera correspondido la sanción de remoción sobre la base de la normativa registral aplicable, Decreto-Ley Nº 6582/58 (texto ordenado por Decreto Nº 1114/97) y sus modificatorias y Decreto N° 644/89 y su modificatorio. Además, se determinó que durante su tramitación no se advirtió la existencia de perjuicio fiscal.

Que la cuestión encuentra su génesis en la gravedad de las irregularidades advertidas en la Auditoría Integral practicada en el citado Registro Seccional durante el desempeño del señor BERRUEZO como Interventor y en la información sumaria labrada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que el remedio procesal presentado por el señor BERRUEZO persigue la revocación de la citada Resolución del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS N° 368/19 y su restitución en el cargo como Encargado Titular del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN, Provincia de Jujuy, además de la suspensión de sus efectos.

Que en su planteo impugnatorio el administrado sostiene, entre otras cuestiones, que bajo la actuación N° S04:0051159/2015 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS tramitó el procedimiento de selección y la propuesta de su designación en el citado cargo, en el marco de la Resolución del ex-MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Nº 238/03 y sus modificatorias.

Que, por su parte, señala el impugnante que mediante el dictado de la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 458 del 27 de noviembre de 2014 fue designado Interventor de aquel Registro hasta el dictado del...

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