DECRETO 3414 / 2016 DECRETO de 21 de Octubre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor10 de Noviembre de 2016
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2016
Número de Boletín28877
Fecha de Publicación 9 de Noviembre de 2016
Número de documento56707

DECRETO N° 3.414/9 (MDP), del 21/10/2016.

Expediente N° 110/391-B-2015 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N° 533/15 15/10/15, emitida por el Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución ERSEPT (U) N° 112/15 el Jefe del Área Servicios al Usuario resolvió hacer lugar al reclamo formalizado por la Sra. María Lucia Blanquez, representada por su hija María Alejandra Chamorro, por los daños provocados al electrodoméstico consignado en el formulario Serie RD N° 14.393, determinando la responsabilidad de la distribuidora y ordena a EDET a reparar o, en el supuesto de ser esto imposible, a reponer los electrodomésticos de igual marca e idénticas o similares características técnicas y prestacionales a las consignadas en el formulario antes citado;

Que agrega que en caso que haya procedido al arreglo de alguno de ellos, EDET S.A. deberá proceder a reintegrar el monto detallado previa presentación de las facturas correspondientes a la reparación del mismo. Dichas sumas deberán ser debidamente actualizadas desde las fechas en que son debidas y hasta el momento de la de la efectiva devolución;

Que el Recurso de Alzada se presentó dentro del plazo establecido por el art. 68 de la Ley 4.537 y se acredita el pago de tasa por servicio administrativo, por lo que es formalmente admisible;

Que la empresa funda su recurso en que tanto en la resolución que se recurre como en su antecesora, los hechos y antecedentes esgrimidos para sus justificaciones son falaces, por lo que ambas resolución carecen de causa;

Que para la hora del reclamo no existió ninguna falla en las instalaciones de EDET S.A. la falla se produjo en las instalaciones de los transportistas externos, de los cuales EDET S.A no es responsable;

Que dadas...

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