Decreto 235/2011

Fecha de disposición19 Diciembre 2011
Fecha de publicación26 Diciembre 2011
SecciónDecretos

Bs. As., 19/12/2011

VISTO el Expediente Nº 001040/2010 del Registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010, y los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1140 del 28 de junio de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.546 se encuentra prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010.

Que el Artículo 7º de la citada Ley Nº 26.546 establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de dicha ley.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por los Artículos 1º y 4º del Decreto Nº 1140 del 28 de junio de 2002 se condicionó la aprobación de las designaciones transitorias en cargos incluidos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, a la aprobación de las estructuras organizativas en el marco de lo dispuesto en el Artículo 19 del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva III, de Director General de Coordinación Administrativa dependiente de la Unidad Presidencia del citado Organismo.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura transitoria de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7º de la citada Ley Nº 26.546, y en el Artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO...

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