Decreto 1934/2007

Fecha de disposición11 Diciembre 2007
Fecha de publicación11 Diciembre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31300

Designaciones en la Secretaría Legal y Técnica.

Bs. As., 7/12/2007

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2007 aprobado por la Ley Nº 26.198, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, los Decretos Nros. 78/00 y sus modificatorios, 491 del 12 de marzo de 2002 y lo solicitado por la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.198 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Que por el artículo 7º de la citada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 78/00 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que en virtud de la particular naturaleza de las tareas asignadas a la precitada Secretaría, vinculadas directamente con el accionar del Primer Magistrado y del señor Jefe de Gabinete de Ministros, resulta necesario modificar la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL - Recursos Humanos - para el Ejercicio 2007, correspondiente a dicha Secretaría, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente acto, a fin de adecuarla a las necesidades funcionales de la misma.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que en el ámbito de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION resulta necesario proceder a la inmediata cobertura de determinados cargos, por los motivos indicados precedentemente.

Que los agentes propuestos reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los respectivos cargos a cubrir.

Que las precitadas designaciones se efectúan con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995) y a lo previsto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Que la presente medida se...

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