Decreto 1856/2007

Fecha de disposición10 Diciembre 2007
Fecha de publicación10 Diciembre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31299

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 y la distribución administrativa.

Bs. As., 6/12/2007

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, aprobado por la Ley Nº 26.198 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incorporar gastos no contemplados en el presupuesto vigente, principalmente aquellos resultantes de las mejoras en las remuneraciones y pasividades dispuestas por normas legales durante el presente año, así como también por algunas medidas dictadas durante el Ejercicio 2006 posteriores al envío del entonces Proyecto de Presupuesto 2007 al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y que, por lo tanto, sus respectivos gastos no fueron contemplados en el mismo.

Que asimismo algunas reparticiones de la Administración Nacional podrán absorber parcial o totalmente el costo de las mejoras indicadas mediante compensaciones de créditos y/o incremento de recursos que las mismas perciben.

Que además de los créditos para la atención de las medidas señaladas precedentemente, también es necesario incluir los montos que correspondan para atender insuficiencias de las asignaciones originales en materia de gastos en personal.

Que por otra parte, se ha considerado imprescindible incrementar gastos para atender el normal funcionamiento de las distintas jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional así como los programas de inversiones, transferencias y servicios de la deuda.

Que el aumento de las erogaciones será financiado con recursos mayores a los calculados en el presupuesto vigente, así como también con fuentes financieras adicionales.

Que por tal motivo se incluyen créditos para reforzar el presupuesto del HONORABLE SENADO DE LA NACION con el objeto de que este organismo atienda el normal desarrollo de sus actividades.

Que como resultado del incremento que se prevé de los recursos provenientes de la contribución obligatoria que efectúan las Compañías Aseguradoras en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 25.848 se refuerza en el presupuesto de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, la partida de transferencias destinadas a los subsidios a las asociaciones integrantes del Sistema Bomberil Voluntario de la REPUBLICA ARGENTINA.

Adicionalmente, se incrementa el crédito de la citada Secretaría con el objeto de atender gastos relacionados a las operaciones conjuntas de seguridad.

Que se estima pertinente reforzar el presupuesto de la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR con el objeto de atender gastos que hacen al normal funcionamiento del organismo, los cuales fueron desfinanciados para afrontar los operativos de seguridad llevados a cabo por dicha Fuerza con motivo de los distintos conflictos generados en el ámbito nacional durante el presente ejercicio que han provocado alteraciones en el orden público.

Que asimismo resulta necesario contemplar un incremento de créditos para la POLICIA DE SEGURIDADAEROPORTUARIAactuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, con el objeto de afrontar los gastos derivados de la reapertura de la Terminal B delAEROPUERTO INTERNACIONAL MINISTRO PISTARINI.

Que resulta imperioso prever mayores créditos para el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO destinados a atender gastos de funcionamiento y equipamiento, tanto en el país como en las representaciones del exterior, cuotas de adhesión a organismos internacionales, sostenimiento del culto, FUNDACION EXPORT.AR y gastos relacionados con la ceremonia de asunción de las nuevas autoridades nacionales.

Que resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE DEFENSApara atender gastos relacionados con el contrato con la empresa LOCKHEED MARTINAIRCRAFT ARGENTINA S.A.

Que se considera necesario incrementar el crédito de la SECRETARIA DE CULTURA, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, destinado a la ejecución del Programa Libro y Casas cuyo objeto es la adquisición de CUARENTA MIL (40.000) bibliotecas de DIECIOCHO (18) libros cada una a distribuirse entre las familias beneficiarias del citado Programa.Asimismo, en dicha jurisdicción resulta imprescindible reforzar los créditos del Organismo Descentralizado 116 - BIBLIOTECA NACIONAL dependiente de la mencionada Secretaría con el objeto de atender gastos de servicios básicos, mantenimiento, seguridad y limpieza.

Que es pertinente considerar para el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION un incremento de los créditos destinados a la atención del Programa Global de Crédito para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), para transferencias a provincias en el marco de lo establecido por la Ley Nº 24.922 de Régimen Federal de Pesca y para la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA), organismo descentralizado actuante en ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para reforzar las partidas destinadas a atender compensaciones al consumo interno, a través de los industriales y operadores que venden en el mercado interno, productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja como así también a la cadena láctea.

Que se ha considerado reforzar los créditos presupuestarios del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS con destino a afrontar los gastos de funcionamiento del Ministerio, la atención del Programa de Energía Total, el financiamiento inicial para la instalación de una Central Termoeléctrica a Carbón en la localidad de Río Turbio, la transferencia a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO S.A. (CAMMESA) para la adquisición de fuel oil, la transferencia al FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL para la ejecución de obras de líneas de alta tensión, el...

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