Decreto 1841/2007

Fecha de disposición10 Diciembre 2007
Fecha de publicación10 Diciembre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31299

Dase por designado Asesor del Gabinete del señor Secretario Legal y Administrativo.

Bs. As., 5/12/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0361636/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.198 y los Decretos Nros. 736 de fecha 29 de abril de 1992, 2550 de fecha 14 de diciembre de 1993 y sus modificatorios, 838 de fecha 27 de mayo de 1994, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 2550 de fecha 14 de diciembre de 1993 y sus modificatorios, se incluye a la ex SECRETARIA GENERAL del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en los alcances del Artículo 1º del Decreto Nº 736 de fecha 29 de abril de 1992, cuyos cargos se encuentran financiados por la Ley Nº 26.198.

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Artículo 11 de la Ley Nº 26.198, se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que la complejidad de las funciones propias del Gabinete del señor Secretario Legal y Administrativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION hacen aconsejable fortalecer la labor que se desarrolla en el mismo, resultando procedente disponer la presente designación de personal.

Que atento el carácter de la medida propiciada se consideran cumplimentados los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 11 de la Ley Nº 26.198 y el Artículo 1º del...

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