Decreto 1794/2011

Fecha de disposición08 Noviembre 2011
Fecha de publicación11 Noviembre 2011
SecciónDecretos

Bs. As., 8/11/2011

VISTO el Expediente CUDAP Nº 23.330/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.546, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 591 del 27 de abril de 2010, Nº 1956 del 13 de diciembre de 2010, Nº 2053 y Nº 2054 ambos del 22 de diciembre de 2010 y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2011, prorrogada en los términos del Decreto 2053/10.

Que por el Decreto Nº 2054/10 se establecieron las disposiciones complementarias a la prórroga establecida por el Decreto Nº 2053/10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, aprobado por la Ley Nº 26.546 con vigencia desde el 1º de enero de 2011.

Que mediante el Decreto Nº 591/10 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles al Licenciado D. Eduardo Néstor MARTINEZ en la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 1956/10 por el mismo término.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS...

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