Decreto 1720/2011

Fecha de disposición24 Octubre 2011
Fecha de publicación28 Octubre 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32265

Bs. As., 24/10/2011

VISTO el Expediente Nº S04:0004600/2011 y su agregado sin acumular Nº S04:0010133/2011, ambos del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de diversos cargos vacantes financiados con funciones ejecutivas, de planta permanente, que se detallan en la presente medida.

Que a los efectos de implementar la cobertura transitoria de dichos cargos resulta necesario designar a las personas que se proponen con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.

Que, corresponde asimismo, exceptuar al doctor Beinusz SZMUKLER del impedimento para el ingreso establecido en el inciso f) del artículo 5º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, en virtud de contar con la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación, y proceder a su designación con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel escalafonario correspondiente al cargo involucrado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del...

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