DECRETO 3252 / 2019 DECRETO de 24 de Octubre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor30 de Octubre de 2019
Fecha de la disposición24 de Octubre de 2019
Número de Boletín29605
Fecha de Publicación29 de Octubre de 2019
Número de documento74847

DECRETO N° 3.252/9 (MDP), del 24/10/2019.

Expediente N° 3221-110-L-2019 y Agdo.-

VISTO, el proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia en sesión de fecha 08/10/19, por el que se modifica la Ley N° 6.253 "Ley de Normas Generales y Metodología de Aplicación para la Defensa, Conservación y Mejoramiento del Ambiente" y su modificatoria N° 8.517; y

CONSIDERANDO:

Que por citado proyecto de ley se propicia la reforma del artículo 9° del Capítulo II, del artículo 13 del Capítulo III y la supresión de los artículos 14° y 15° Capítulo III de la Ley N° 6.253;

Que la modificación del artículo 9° del Capítulo III de la mencionada ley se funda en el procedimiento a seguir en relación a la falta de evaluación del impacto ambiental en el inicio de obras o realización de actividades públicas o privadas hasta el 31/03/19;

Que con respecto al artículo 13° del Capítulo III se desprende que se elimina el recurso directo creado por la Ley N° 8.517;

Que en este caso, de acuerdo a lo informado por el Director Judicial de Fiscalía de Estado (fs. 16), se habilitaría una posible doble vía de impugnación (contravencional prevista en el proyecto sancionado, y una acción contencioso administrativa) contra el acto sancionatorio en el marco del Código Procesal Administrativo;

Que asimismo expresa, que el proyecto de ley no regula el trámite de impugnación ni los plazos por los cuales se regiría, con lo cual se dificultaría el ejercicio del poder de policía sancionador del Estado en materia de medio ambiente, restándole toda eficacia a las sanciones impuestas;

Que atento a la imposibilidad de la implementación de la modificación realizada en el Capítulo III (artículos 13°, 14° y 15°) corresponde oponer el veto parcial promulgando el resto de la norma;

Por ello y en virtud de lo dictaminado por Fiscalía de Estado (Dictamen Fiscal N° 2495 de fecha 22/10/19 - fs. 17/18);

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Opónese el...

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