DECRETO 3239 / 2019 DECRETO de 22 de Octubre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Noviembre de 2019
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2019
Número de Boletín29608
Fecha de Publicación 1 de Noviembre de 2019
Número de documento74936

DECRETO N° 3.239/3 (ME), del 22/10/2019.-

EXPEDIENTE N° 4160/377-2018.

VISTO que se gestiona la transferencia de dominio al Superior Gobierno de la Provincia, del inmueble que ocupa la Escuela Emilio Carmona ubicado sobre calle Rivadavia esquina Granaderos, en la ciudad de Aguilares, Departamento Río Chico, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 3 se adjunta la Ordenanza N° 09/18 del 10 de Mayo de 2018, del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Aguilares mediante la cual se cede a favor del Superior Gobierno de la Provincia, para la Escuela Emilio Carmona dos propiedades según Plano de Mensura, Unificación y División N° 1394 del año 1978.

Asimismo a foja 4 corre agregado Decreto N° 256/18 del 14 de mayo de 2018 de la Municipalidad de Aguilares por el cual se promulga la referida Ordenanza.

Que a foja 9 la Dirección de Registro Inmobiliario adjunta copia de la Matrícula Registral: R-17116.

Que se agrega a Fs. 15/18 copia de la Escritura de Donación N° 96 del 7/2/1974 a favor de la Municipalidad de Aguilares.

Que el Departamento Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro a foja 23; informa que del Plano de Mensura, Unificación y División N° 1394 - L- 1978 (foja 22), se divide en 3 parcelas la descripción de la Escritura N° 96 del 7/2/1974, originando los Padrones N° 166.364, 166.365 y 166.366. Ante la donación de la Municipalidad de Aguilares a favor del Superior Gobierno de la Provincia, los padrones orígenes N° 166.364 y 166.365 fueron anulados mediante Plano de Mensura y Unificación N° 78354/18 - Expte. N° 14623-M-18 (foja 2), por el Padrón N° 262.851, inscribiéndose conforme a la Ley N° 8252, en la Matrícula Registral R- 17116 a nombre de la Municipalidad de Aguilares.

Que a foja 25 Escribanía de Gobierno realiza el correspondiente Estudio de título.

Que atento a los antecedentes mencionados y estando cumplimentados los extremos legales requeridos por la normativa vigente, corresponde dictar la medida administrativa que disponga la aceptación de la donación ofrecida en los términos del Art. 1542 y Art....

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