DECRETO 3199 / 2019 DECRETO de 16 de Octubre de 2019
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Noviembre de 2019 |
Fecha de la disposición | 16 de Octubre de 2019 |
Número de Boletín | 29607 |
Fecha de Publicación | 31 de Octubre de 2019 |
Número de documento | 74880 |
DECRETO N° 3.199/1 (FE), del 16/10/2019.-
EXPEDIENTE N° 1001/369-ME-19.-
VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales el Sr. Ministro de Economía de la Provincia, solicita la prórroga de la adscripción del Dr. Federico Sassi Colombres, Personal de Planta Permanente, Categoría 24, dependiente de Fiscalía de Estado para que continúe prestando servicios en el citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/3 glosa copia del Decreto 3.592/1 (FE) de fecha 19 de octubre de 2018 mediante el cual el mencionado agente fue adscripto por el término de un año, con destino al Ministerio de Economía.
Que a fojas 4 obra informe del Departamento de Administración del Personal de Fiscalía de Estado y a fojas 7/14 se acompaña su Foja de Servicio.
Que a fojas 16 obra informe de la Dirección General de Recursos Humanos sin formular observaciones.
Que lo solicitado se encuentra previsto en el Art. 11 inc. 4 de la Ley N° 5.473 que dispone que la adscripción procede cuando el agente es desafectado de las tareas inherentes al cargo en que reviste presupuestariamente para pasar a desempeñar con carácter transitorio, en los ámbitos nacional, provincial o municipal, y a requerimiento de otro organismo, funciones tendientes a satisfacer necesidades excepcionales propias del área solicitante.
Que asimismo, el Art. 4° del Decreto N° 646/1-83, reglamentario de la Ley, establece: "el carácter transitorio previsto en el citado inc. 4°, del Art. 11 de la Ley 5.473 no podrá exceder de un año calendario."
Que por su parte el artículo 2° del Decreto Acuerdo N° 4/1-99 establece que las adscripciones y/o comisiones de servicios que se consideren estrictamente necesarias serán dispuestos por decreto del Poder Ejecutivo.
Que por lo expuesto, no existe impedimento para hacer lugar a la adscripción solicitada, toda vez que el agente goza de estabilidad, exigida por el articulo 11 inc. 4) de la Ley N° 5.473 (Estatuto del Empleado Público) y Decreto Acuerdo N° 4/199.
Que de acuerdo a lo expresado precedentemente, corresponde que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto, haga lugar a lo solicitado.
Por ello, y en virtud del Dictamen Fiscal...
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