Decreto 1279/2011
Fecha de disposición | 23 Agosto 2011 |
Fecha de publicación | 29 Agosto 2011 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 32222 |
Bs. As., 23/8/2011
VISTO el Expediente Nº S04:0010339/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y 960 del 1º de julio de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 960/10, se efectuaron diversas designaciones transitorias en la DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para las coberturas de los cargos en cuestión, razón por la cual el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la prórroga de las designaciones transitorias mencionadas precedentemente.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR del citado Ministerio.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
— Danse por prorrogadas, a partir del 24 de marzo de 2011 —fecha de sus vencimientos— y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las designaciones transitorias efectuadas en la DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS —actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS— por conducto del Decreto Nº 960/10, conforme el detalle obrante en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
— Los cargos involucrados en el artículo precedente deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II —Capítulos III y IV— del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) hábiles contados a partir del 24 de marzo de 2011.
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