Decreto 1140/2011

Fecha de disposición01 Agosto 2011
Fecha de publicación08 Agosto 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32208

Bs. As., 1/8/2011

VISTO las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 713 del 14 de julio de 2008 y 1397 del 12 de noviembre de 2008, y el Expediente Nº 1-2002-9795/08-3 del registro del referido Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas actuaciones tramita el recurso jerárquico en subsidio que lleva implícito el de reconsideración denegado, interpuesto por la agente del MINISTERIO DE SALUD Da. Ana María TESTONI, contra la Resolución del nombrado Ministerio Nº 713 del 14 de julio de 2008.

Que mediante el referido acto administrativo se resolvió suspender preventivamente hasta la finalización del proceso penal que tramita ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3, Causa Nº 10292 caratulada: “Ministerio de Salud —Ana Talco— s/ denuncia s/ Defraudación a la Administración Pública Nacional” a la nombrada agente.

Que por Resolución del señalado Ministerio Nº 1397 de fecha 12 de noviembre de 2008, se rechazó el recurso de reconsideración deducido por la nombrada agente y se dispuso la sustanciación del recurso jerárquico que lleva implícito el de reconsideración denegado.

Que la recurrente hizo uso de la posibilidad que le confiere el artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991), para mejorar o ampliar los fundamentos del referido recurso.

Que en dicha presentación la agente Da. Ana María TESTONI remite a lo expuesto al momento de interponer el recurso de reconsideración, manifestando asimismo que se ha omitido la consideración de todos los hechos y argumentos expuestos oportunamente.

Que asimismo manifiesta que el Dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación Nº 241:219 resulta inaplicable al caso bajo tratamiento desde el punto de vista fáctico, así como no adecuado al orden jurídico vigente, reiterando a continuación que no existe previsión alguna en la Ley Nº 24.164 ni en su Decreto reglamentario Nº 1421/02 que avale la medida dispuesta por la Resolución Ministerial atacada.

Que también manifiesta la afectación al principio constitucional de inocencia que implica la suspensión administrativa dispuesta y los supuestos daños económicos, físicos y morales que esta medida importa para el recurrente y su patrimonio, argumentando asimismo trato persecutorio y discriminatorio respecto de su persona.

Que por último concluye que el acto atacado es nulo de nulidad absoluta, solicitando la suspensión de los efectos del acto impugnado en virtud de lo dispuesto por...

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