Decreto 1119/2011

Fecha de disposición04 Agosto 2011
Fecha de publicación04 Agosto 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32206

Jueves 4 de agosto de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.206 3

D. Nicolás MADURO MOROS, durante su permanencia en la República, los dÃas 28 y 29 de marzo de 2011.

Art. 2

'º — Atiéndanse los gastos derivados del presente Decreto con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 —MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO— para el ejercicio 2011.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

HUESPEDES OFICIALES Decreto 1117/2011

ConvalÃdase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Vicepresidente de la República de Colombia durante su permanencia en la República.

Bs. As., 1/8/2011

VISTO la Visita que efectuó el señor Vicepresidente de la REPUBLICA DE COLOMBIA, D.

Angelino GARZÓN, entre los dÃas 17 al 24 de abril de 2011, y lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y CONSIDERANDO:

Que la Declaración de Huésped Oficial se encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el ArtÃculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — ConvalÃdase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Vicepresidente de la REPUBLICA DE COLOMBIA, D. Angelino GARZÓN, durante su permanencia en la República, entre los dÃas 17 al 24 de abril de 2011.

Art. 2

'º — Atiéndanse los gastos derivados del presente Decreto con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 —MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO— para el ejercicio 2011.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto' 1113/2011

Dase por prorrogada una designación en la SecretarÃa de Relaciones Parlamentarias.

Bs. As., 1/8/2011

VISTO el Expediente CUDAP N'º' 12063/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N'º' 26.546, los Decretos N'º' 491 del 12 de marzo de 2002, N'º' 1422 del 6 de octubre de 2009, N'º' 1212 del 30 de agosto de 2010, N'º' 2053 del 22 de diciembre de 2010 y N'º' 2054 del 22 de diciembre de 2010, y lo solicitado por la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley N'º' 26.546 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2010, prorrogada en los términos del Decreto 2053/10.

Que por el Decreto N'º' 2054/10 se establecieron las disposiciones complementarias a la prórroga establecida por el Decreto N'º' 2053/10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, aprobado por la Ley N'º' 26.546 con vigencia desde el 1'º de enero de 2011.

Que mediante el Decreto N'º' 1422/09 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles al Contador D. Alejandro RIVAS, como Asesor Técnico Especializado en el ámbito de la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N'º' 1212/10 por el mismo término.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N'º' 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N'º' 601/02, en su artÃculo 6'º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION N'º' 4/02.

Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artÃculo 6'º del Decreto N'º' 601/02 reglamentario del Decreto N'º' 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artÃculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artÃculo 1'º del Decreto N'º' 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Dase por prorrogada por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles, a partir del 10 de marzo de 2011, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N'º' 1422/09 y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N'º' 1212/10 por el mismo término, del contador D. Alejandro RIVAS (D.N.I. N'º' 17.020.491) en un cargo Nivel A - Grado 0, para cumplir funciones como Asesor Técnico Especializado en el ámbito de la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. La prórroga de designación transitoria se efectúa con autorización excepcional por no reunir los requisitos mÃnimos establecidos en el artÃculo 14, TÃtulo II CapÃtulo III del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N'º' 2098/08.

Art. 2

'º â El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente en el artÃculo 120 y en el TÃtulo II, CapÃtulos III y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N'º' 2098/08 dentro del plazo de CIENTO...

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