Decreto 31/2023

Fecha de publicación23 Enero 2023
EmisorSECTOR PÚBLICO NACIONAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-89805387-APN-DGAYF#MAD, las Leyes Nros. 24.295, 25.675, 27.270 y 27.250, el Decreto N° 140 del 21 de diciembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley General del Ambiente N° 25.675 establece los principios para la política ambiental argentina y los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Que, en este sentido, en el artículo 4° de la ley citada se define, entre otros, el “Principio de Sustentabilidad”, que prevé que “El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras”.

Que el constante crecimiento a nivel mundial del uso de los recursos naturales y de la energía deja en evidencia la necesidad de trabajar, de manera conjunta y colaborativa, en la modificación de los patrones insostenibles de producción y consumo.

Que desde el año 1987, mediante la publicación del “Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo” de las Naciones Unidas, titulado “Nuestro futuro común”, quedó determinada la imposibilidad de disociar la cuestión ambiental de la social y la económica, por ser dimensiones del desarrollo íntimamente ligadas entre sí.

Que teniendo en cuenta que el aumento del consumo y las actividades productivas de la economía lineal (extracción-producción-utilización-eliminación) están provocando un incremento considerable de la explotación de los recursos -la que sobrepasa ampliamente la capacidad de carga y la recuperación de los ambientes naturales-, resulta imprescindible imponer límites a dicho crecimiento desmedido y al uso irracional de los bienes y servicios que nos proveen los ecosistemas.

Que el actual escenario de finitud de recursos y la evolución de la conciencia socioambiental en las instituciones han hecho que las prácticas de sostenibilidad reciban especial atención.

Que la problemática descripta se ha discutido en foros internacionales y permitió la evolución de pensamientos, líneas de acción y estrategias para afrontar los nuevos desafíos ambientales, pasando por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo -celebrada en Río de Janeiro en 1992-, los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), hasta la aprobación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Que la REPÚBLICA ARGENTINA adoptó la mencionada Agenda y elaboró sus políticas de cara al cumplimiento con los DIECISIETE (17)...

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