DECRETO 3095 / 2019 DECRETO de 10 de Octubre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor25 de Octubre de 2019
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2019
Número de Boletín29602
Fecha de Publicación24 de Octubre de 2019
Número de documento74743

DECRETO N° 3.095/3 (SH), del 10/10/2019.-

EXPEDIENTE N° 544/389-M-2018.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita autorización para adoptar las medidas tendientes al pago de diferencias de haberes previsionales post sentencia a favor de la señora María Inés Marigliano, Jubilada Transferida a la Nación, en su carácter de actora del juicio "Marigliano María Inés y Otra C/Provincia de Tucumán S/Contencioso Administrativo" - Expte. N° 300/14", y

CONSIDERANDO:

Que la Sentencia N° 107 del 7 de abril de 2017, dictada por la Excma. Cámara Contencioso Administrativo – Sala II°, obrante de fojas 4 a 9, recaída en el juicio mencionado hace lugar a la demanda incoada por la actora del juicio, y en consecuencia condena a la Provincia al pago de las diferencias, debiendo arbitrar lo necesario para que la señora Marigliano perciba mensualmente los haberes jubilatorios correspondientes acorde con los derechos de movilidad y porcentualidad que se reconocen en el pronunciamiento de la cámara.

Que a fojas 16/17, el área técnica correspondiente del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán adjunta planilla de liquidación de retroactividades post sentencia por el período comprendido desde el 8 de abril de 2017 a diciembre de 2017, incluidos los S.A.C. correspondientes, e informa que corresponde el pago por la suma de $162.417,68.

Que a foja 23, Contaduría General de la Provincia se expide sin formular objeción a la liquidación practicada por el período indicado.

Que en consecuencia, resulta necesario dictar la medida administrativa tendiente a disponer el pago de retroactividades post sentencia a la señora Marigliano, debiéndose aplicar lo dispuesto por Decreto N° 3596/3 (S.H.) del 12/11/2009, y su modificatorio Decreto N° 1115/3(M.E) del 28/04/2010.

Por ello, atento a lo informado por la Dirección General de Presupuesto a foja 24, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 2202 del 18...

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