DECRETO 3079 / 2019 DECRETO de 10 de Octubre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor24 de Octubre de 2019
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2019
Número de Boletín29601
Fecha de Publicación23 de Octubre de 2019
Número de documento74705

DECRETO N° 3.079/3 (SH), del 10/10/2019.-

EXPEDIENTE N° 158/389-C-2018.

VISTO el presente expediente mediante el cual se tramita el pago de la suma liquidada en concepto de retroactividades post-sentencia a favor del señor José Ramón Cruz, Jubilado de la Caja Popular de Ahorros transferido a la Nación, en cumplimiento de lo dispuesto por Sentencia N° 221 del 12/05/2017 dictada en el juicio: “Bunader, Antonio Isaías y otros c/Provincia de Tucumán s/Contencioso Administrativo (Expte. 427/14), que tramita ante la Excma. Cámara Contencioso Administrativo -Sala II.-, y

CONSIDERANDO:

Que la referida sentencia hace lugar a la demanda promovida y le reconoce el derecho al reajuste de su haber previsional y condena a la provincia a abonar las diferencias adeudadas al actor y que éste perciba los haberes jubilatorios acorde a los derechos de movilidad y porcentualidad del 70% que se le reconocen.

Que la Subgerencia Previsional del IPSST practica liquidación de retroactividades post sentencia del actor por $65.650,69 (Cód. 140-556) correspondiente al período 13 de mayo de 2017 a septiembre de 2017 (incluye SAC 2017 proporcional) (fs. 11/12).

Que la Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado (fs. 28) informa que el monto determinado por la Unidad de Control Previsional es razonable, y Contaduría General de la Provincia, a foja 29, se expide sin formular objeciones.

Que en consecuencia, corresponde dictar la medida administrativa respectiva tendiente a disponer el pago que se gestiona, en cumplimiento de la sentencia judicial...

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