DECRETO 3071 / 2019 DECRETO de 10 de Octubre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor24 de Octubre de 2019
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2019
Número de Boletín29601
Fecha de Publicación23 de Octubre de 2019
Número de documento74722

DECRETO N° 3.071/3 (SH), del 10/10/2019.-

EXPEDIENTE N° 4.591/232-V-2019.

VISTO el presente expediente mediante el cual el Ente Cultural de Tucumán solicita incremento presupuestario y un Aporte No Reintegrable, y

CONSIDERANDO:

Que lo tramitado es a los efectos de afrontar gastos inherentes al “XLVII° Salón de Tucumán para el Ámbito Nacional Artes Visuales".

Que el Artículo 1° del Decreto N° 1/3(SH) del 7 de enero de 2019, pone a disposición los créditos de las partidas de bienes de consumo, servicios no personales y transferencias, pudiendo solo disponerse de una cuota compromiso del 21% trimestral de lo sumatoria de los créditos presupuestarios asignados a las mencionadas partidas.

Que a efectos de dar cumplimiento a lo requerido resulta necesario autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir la correspondiente orden de pago; y además poner a disposición del ente autárquico recurrente el respectivo crédito presupuestario, dictando la pertinente medida administrativa.

Que la Dirección General de Presupuesto a fs. 17 informa, que también se deberá rectificar el Artículo 3° del Decreto N° 2.674/3 (SH) del 2 de septiembre de 2019, solamente, en lo que respecta al monto asignado a la Partida Principal 300 - Servicios No Personales.

Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 18 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 2.198 del 18 de septiembre de 2019, obrante a fs. 20 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Otórgase al ENTE CULTURAL DE TUCUMÁN un Aporte No Reintegrable, por la suma total de PESOS QUINIENTOS DIEZ MIL...

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