Decreto 1288/2007

Fecha de disposición04 Octubre 2007
Fecha de publicación04 Octubre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31253

Apruébase la estructura organizativa.

Bs. As., 2/10/2007

VISTO el Expediente CUDAP: EXPPNA-S02:0008838/2007Letra: MININTERIOR del registro de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, lo propuesto por el señor Ministro del Interior, y CONSIDERANDO:

Que en el ámbito nacional la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059, reglamentada por el Decreto Nº 1273 del 21 de julio de 1992, estableció la finalidad, estructura, órganos, misiones y funciones del Sistema de Seguridad Interior.

Que dicha normativa facultó al Ministro del Interior para entender entre otras funciones, en la organización de las Fuerzas de Seguridad, de manera de garantizar el adecuado nivel de éstas para el cumplimiento de sus respectivas responsabilidades, todo ello dentro del marco regulatorio del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994.

Que por Decreto Nº 1297 del 27 de septiembre de 2004 se aprobó la estructura organizativa de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que mediante el mencionado decreto se actualizó la organización de dicha Fuerza para el cumplimiento de sus funciones dentro del contexto nacional e internacional; se facultó al Prefecto Nacional Naval a entender en la aprobación y reglamentación de las aperturas orgánicas inferiores, dentro del marco normativo del Decreto Nº 1545/94, y se derogaron los Decretos Nº 672 del 1º de marzo de 1971 y su modificatorio Nº 4099 del 26 de diciembre de 1975.

Que por Decreto Nº 1697 del 1º de diciembre de 2004, se estableció que la dependencia orgánica de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA corresponde al MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que, por otra parte, la PREFECTURA NAVALARGENTINA, como fuerza integrante del Sistema de Seguridad Interior incorporada al esfuerzo nacional de policía, debe dar una respuesta apropiada en pos de la preservación de la vida humana y los bienes dedicados al transporte por agua, a la adecuada protección de los puertos y del medio ambiente marino, y al mantenimiento del orden público.

Que resulta necesario actualizar la conformación y relaciones existentes entre sus elementos orgánicos para responder eficientemente en el ejercicio de las funciones que legalmente le han sido atribuidas en el transcurso del tiempo y dotarla de una organización ágil y flexible, teniendo en cuenta los actuales requerimientos de la sociedad.

Que en este sentido, es necesario sustituir el SERVICIO DE INTELIGENCIA, por la DIRECCION DE INTELIGENCIA CRIMINAL con dependencia de la DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD.

Que asimismo por la Disposición PLAE, SR9 Nº 29/2006 se ha creado la DIRECCION DE INFORMATICA Y COMUNICACIONES en el ámbito de la DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO.

Que asimismo, se transfiere la DIRECCION DE EDUCACION de la órbita de la DIRECCION GENERAL DE LOGISTICA a la de la DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO.

Que dichas modificaciones orgánicas han provocado las adecuaciones de las responsabilidades primarias y acciones de las Direcciones Generales mencionadas, lo que implica, consecuentemente, la aprobación de una nueva estructura organizativa de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que por ello deviene necesario derogar el Decreto 1297/04, aprobatorio de la estructura organizativa vigente de la mencionada Fuerza.

Que han tomado la intervención que les compete los servicios jurídicos correspondientes y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el dictado de esta medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1), de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase la estructura organizativa de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2º

Facúltase al Prefecto Nacional Naval a entender en la aprobación y reglamentación de las aperturas orgánicas inferiores necesarias en la estructura de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, dentro del marco normativo del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994.

Art. 3º

Derógase el Decreto Nº 1297 del 27 de septiembre de 2004.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- KIRCHNER. -- Alberto A. Fernández. -- Aníbal D. Fernández.

ANEXO I ANEXO II PREFECTURA NAVAL ARGENTINA OBJETIVOS:

Acorde lo normado en el Título I, Capítulo IV, artículos , , y de la Ley General de la Prefectura Naval Argentina Nº 18.398, corresponde a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

  1. Como policía de seguridad de la navegación:

    1. Intervenir en todo lo relativo a la navegación haciendo cumplir las leyes que la rigen.

    2. Dictar las ordenanzas relacionadas con las leyes que rigen la navegación y proponer las que establezcan las faltas o contravenciones marítimas y fluviales y sus sanciones, siendo su autoridad de aplicación.

    3. Ser órgano de aplicación en el orden técnico de los convenios internacionales sobre seguridad de la navegación y de los bienes y de la vida humana en el mar.

    4. Preparar el material y proponer las instrucciones a los delegados gubernamentales a las conferencias y organismos internacionales...

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