Decreto 1282/2007

Fecha de disposición04 Octubre 2007
Fecha de publicación04 Octubre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31253

Apruébase la estructura organizativa del mencionado organismo, dependiente del Ministerio del Interior.

Bs. As., 2/10/2007

VISTO el Expediente Nº EXP-SO2:0001921/2007 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Leyes Nros. 12.709, 20.429, 23.283, 23.979 y 25.938 y los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, 1023 del 9 de agosto de 2006 y 258 de fecha 24 de junio de 2003 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el primero de los decretos mencionados se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en su organigrama.

Que por el Decreto Nº 258/03 fue aprobada la estructura organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR, en el marco del reordenamiento estratégico dispuesto por la norma antes mencionada.

Que por Decreto Nº 1023/06, se procedió a transferir el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS de la órbita de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA al MINISTERIO DEL INTERIOR, con dependencia directa de éste.

Que el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS es la unidad responsable --entre otros aspectos-- de registrar dentro del territorio nacional las armas de guerra, pólvoras, explosivos y afines, de acuerdo a lo dispuesto por las Leyes Nros. 12.709 y 20.429, como así también la de asentar los datos correspondientes a las armas de fuego, sus partes, sus repuestos, municiones y demás materiales en virtud a lo establecido por la Ley Nº 25.938.

Que para lograr ese cometido, debe llevar a cabo políticas y planes de desarrollo e innovación tecnológica para el mejoramiento y modernización de los sistemas de registración, control y fiscalización.

Que por la Ley Nº 23.979, de Contratación Técnica y Financiera para la Modernización del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, se establecieron las bases que permitieron al Organismo funcionar con personal especializado contratado por el respectivo Ente Cooperador.

Que para ello, debe contar con personal con conocimientos y experiencia suficientes para asumir la conducción de las actividades mencionadas.

Que por tal motivo resulta imprescindible realizar un profundo rediseño en la organización del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS.

Que, asimismo y a tales efectos, resulta necesario facultar al Sr. Ministro del Interior a aprobar DOS (2) cargos de conducción, no importando dicha medida la creación de cargo alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA

Artículo 1º

Apruébase la estructura organizativa de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, unidad dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, de conformidad con el Organigrama, Acciones y Dotación, que como Anexos I, II y III forman parte integrante del...

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