Decreto Nº 1.159
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 13 de Junio de 2011 |
Mendoza, 13 de junio de 2011
Visto el expediente 8-A-11-04801, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Cooperación, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro Dr. Juan Carlos Behler y la Municipalidad de Maipú, representada por el Sr. Intendente Dn. Alejandro Bermejo, teniendo en cuenta que la Municipalidad habilitará nuevos Centros de Salud Municipales, con el objetivo de establecer el marco de trabajo coordinado destinado a obtener una adecuada y eficiente prestación del servicio de salud.
Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal del Ministerio de Salud,
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Convenio de Cooperación, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro Dr. Juan Carlos Behler y la Municipalidad de Maipú, representada por el Sr. Intendente Dn. Alejandro Bermejo, teniendo en cuenta que la Municipalidad habilitará nuevos Centros de Salud Municipales, con el objetivo de establecer el marco de trabajo coordinado destinado a obtener una adecuada y eficiente prestación del servicio de salud, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
CELSO ALEJANDRO JAQUE
Juan Carlos Behler
Félix R. González
Anexo
Convenio de Cooperación
Entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representada en este acto por el Sr. Ministro de Salud Dr. Juan Carlos Behler, D.N.l. 8.153.896, con domicilio legal en Casa de Gobierno, 5° Piso, de la Ciudad de Mendoza, en adelante EL MINISTERIO por una parte y por la otra la Municipalidad de Maipú, representada en este acto por el Sr. Intendente Dn. Alejandro Bermejo, con domicilio legal en calle Pablo Pescara Nº 190, Maipú, en adelante LA MUNICIPALIDAD, convienen en celebrar el presente Convenio ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial y del Honorable Concejo Deliberante de Maipú y teniendo en cuenta que LA MUNICIPALIDAD habilitará nuevos Centros de Salud Municipales y que tiene en funcionamiento los siguientes: 310 Los Alamos, 311 Isla Chica, 319 El Jume, 321 Maugeri, 322 Reccoaro, 323 Villa Seca, 326 Russel, 332 Malcayes, 335 Ruta...
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