Decreto 1261/2007

Fecha de disposición21 Septiembre 2007
Fecha de publicación21 Septiembre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31244

Designaciones transitorias en el ámbito del citado Ministerio, como excepción a lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198 y de lo dispuesto por el Título III --Capítulos I y II-- del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Bs. As., 18/9/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0017599/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.198 y los Decretos Nros. 993/91 T.O. 1995 y 491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 11 de la citada ley.

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que, en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de

UN (1) cargo vacante Nivel D, de Asistente Administrativo de la Unidad Subsecretario de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO, UN (1) cargo vacante Nivel B, de Asesor TécnicoEconómico de la Oficina Nacional de Crédito Público, UN (1) cargo vacante Nivel B, de Analista de Estadísticas de la Deuda Pública de la Unidad de Análisis de Riesgos Financieros y UN (1) cargo vacante Nivel B, de Coordinador de Información y Estadísticas de la Deuda Pública de la Dirección de Administración de la Deuda Pública, ambas dependientes de la mencionada Oficina Nacional dependiente de la citada Secretaría.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos mediante una excepción a lo dispuesto en el Título III --Capítulos I y II-- del Anexo l del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 y en el Artículo 7º de Ley Nº 26.198, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1 de enero de 2007.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que los agentes propuestos reúnen los...

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