Decreto 3.225 de 22 de Diciembre de 2004

La Plata, 22 de diciembre de 2004.

Visto: El Expediente Nº 2100.36223/04, por el que la Secretaría de Derechos Humanos propicia la creación del Registro Provincial de Comunidades Indígenas, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la ley 11.331, la Provincia de Buenos Aires adhirió al régimen de la Ley Nacional 23.302, que declara de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades;

Que por Decreto 1.859/04 se ha designado a la Secretaría de Derechos Humanos como Autoridad de Aplicación de la Ley 13.115 por la que esta Provincia adhirió a la Ley Nacional 25.607 que promueve la difusión de los derechos de los pueblos indígenas, contenidos en el inciso 17 del artículo 75 de la Constitución Nacional;

Que para mejor promover y difundir los derechos de los pueblos indígenas resulta conveniente la creación de un Registro Provincial de Comunidades Indígenas;

Que la creación de dicho Registro implica un acto de reconocimiento por el Estado Provincial de las comunidades indígenas ubicadas dentro de su territorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 36 inciso 9 de la Constitución de la Provincia;

Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º

Créase en el ámbito de la Secretaría de Derecho Humanos de la Provincia de Buenos Aires el Registro Provincial de Comunidades Indígenas.

Artículo 2º

Podrán inscribirse en el Registro creado por el artículo anterior las comunidades indígenas radicadas en el territorio de la Provincia, consideradas tales de acuerdo a lo que establece la Ley 23.302, a la cual adhirió la Provincia mediante Ley 11.331.

Artículo 3º

La Secretaría de Derechos...

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