Decreto 1188/2007

Fecha de disposición06 Septiembre 2007
Fecha de publicación06 Septiembre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31233

Designación transitoria en la Planta Permanente de la Secretaría de Seguridad Interior, con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título III, Capítulo II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995), y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Bs. As., 4/9/2007

VISTO el Expediente Nº 20.602/2007 del registro de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 26.198 aprobatoria del Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 7º de la Ley mencionada en el Visto establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de aquella, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la Decisión Administrativa Nº 1/07 distribuyó los créditos presupuestarios aprobados por la Ley Nº 26.198 incluyendo las vacantes financiadas existentes en cada Jurisdicción o entidad de la Administración Nacional.

Que por el artículo 11 de la Ley precitada se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función del artículo 99, inciso 10 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que el Decreto Nº 491/02 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada --en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001-- en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el señor Secretario de Seguridad Interior del MINISTERIO DEL INTERIOR solicita la cobertura transitoria de UN (1) cargo vacante financiado existente en la planta de personal permanente del citado Organismo.

Que en consecuencia, resulta necesario proceder a autorizar la cobertura de dicho cargo vacante existente en la Planta...

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