Decreto 885/2007

Fecha de disposición12 Julio 2007
Fecha de publicación12 Julio 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31194

Homológase el Acta Acuerdo y Anexos de la Comisión Negociadora del Convenio de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 22 de mayo de 2007.

Bs. As., 10/7/2007

VISTO el Expediente Nº 1.224.771/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y sus modificatorias, la Ley Nº 18.753, la Ley Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley Nº 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, y el Acta Acuerdo del 22 de mayo de 2007 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley Nº 24.185, se ha constituido la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06.

Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6º de la Ley Nº 24.185, reglamentado por el artículo 5º del Decreto Nº 447/93 y normas complementarias, arribaron a un acuerdo relativo al régimen retributivo del personal de la COMISION NACIONAL DE ENERGIAATOMICA, de la COMISION NACIONAL DE VALORES, del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DEAEROPUERTOS, del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y del PERSONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE LAS FUERZAS ARMADAS (Decreto Nº 4.381/73), sectoriales incluidas en el Anexo II al Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06 y cuyas Comisiones Negociadoras no han sido constituidas a la fecha de la concertación.

Que en tal contexto se acordó un incremento en las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal comprendido en los escalafones vigentes en los organismos antes referidos, con vigencia a partir del 1º de junio de 2007 y del 1º de agosto de 2007, concretado a...

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