Decreto 288. Desígnase Representante ante el Consejo Federal de la Energía Eléctrica.

Fecha de disposición02 Febrero 2016
Fecha de publicación02 Febrero 2016
SecciónDecretos

Decreto 288/2016

Desígnase Representante ante el Consejo Federal de la Energía Eléctrica.

Bs. As., 01/02/2016

VISTO el Expediente N° S01:0006914/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, las Leyes Nros. 15.336 y 27.198, los Decretos Nros. 2.200 de fecha 17 de diciembre de 2013 y 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la designación del Ingeniero D. José Arístides OVEJERO (MI N° 12.007.599) como Representante ante el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE) dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que el citado Consejo fue creado por el Artículo 24 de la Ley N° 15.336 de Energía Eléctrica y por el Artículo 25 de dicha Ley se estableció su constitución.

Que por el Artículo 2° del Decreto N° 2.200 de fecha 17 de diciembre de 2013 se creó el cargo extraescalafonario de Representante ante el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE), con una remuneración equivalente al Nivel B, Función Ejecutiva III, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que dicho cargo se encuentra vacante y financiado, por lo que su cobertura se impone con inmediatez frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que el Artículo 7° de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1° de enero de 2016, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Artículo 10 del mismo cuerpo legal se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de Responsable Político de la Administración General del País y en función de lo dispuesto por el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el Ingeniero D. José Arístides OVEJERO ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS...

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