Decreto 837/2007

Fecha de disposición04 Julio 2007
Fecha de publicación04 Julio 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31189

Autorízase a la Administración de Parques Nacionales a la construcción de instalaciones destinadas a la actividad turística en la jurisdicción del Parque Nacional Tierra del Fuego.

Bs. As., 2/7/2007

VISTO el Expediente Nº 53/96 del registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo autárquico que actúa en la órbita de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Que el Expediente citado en el Visto, propicia la correspondiente autorización a laADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES para construir instalaciones destinadas a la atención de los visitantes en la Zona de Uso Público sur, correspondiente a la jurisdicción del Parque Nacional Tierra del Fuego.

Que el Parque Nacional Tierra del Fuego, ubicado en el extremo sudoccidental del Territorio Argentino, en la Isla Grande de Tierra del Fuego, cuenta con excepcionales bellezas escénicas y particularidades biológicas que, sumadas a la latitud extrema en que se encuentra, le otorga un creciente poder de convocatoria al turismo nacional e internacional.

Que precisamente, la actividad turística es una de las que mayor crecimiento ha tenido en los últimos años, con efectos muy positivos para el desarrollo económico de la ciudad de Ushuaia y de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en su conjunto.

Que el mencionado 'Tren del Presidio' --que funcionó entre los años 1910 y 1947-- fue construido por los condenados alojados en el presidio de alta seguridad para reincidentes ubicado en la citada ciudad austral, siendo su finalidad, la de transportar a los presidiarios para la realización de trabajos de corte de árboles y para el traslado de la madera.

Que la traza original del referido convoy recorre el actual ejido de la ciudad de Ushuaia y el Parque Nacional Tierra del Fuego.

Que dicho tren dejó de funcionar con el levantamiento del presidio pero, pese al paso del tiempo, su traza permaneció abierta en su mayor parte y, en general, manteniendo un buen estado de conservación de sus terraplenes y obras de arte, lo que permitió su rehabilitación sin necesidad de realizar grandes inversiones y sin causar nuevos efectos negativos sobre el ambiente natural protegido actualmente bajo la figura de Parque Nacional.

Que el proyecto turístico, elaborado por la firma TRANEX TURISMO S.A., conjuga la puesta en valor de un importante período de la colonización de la Isla, con una visita a ambientes silvestres de singular belleza, por lo que fue declarado de interés por el Instituto Fueguino de Turismo y por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, y de interés provincial mediante Decreto Nº 1895/93 de la gobernación de la provincia austral.

Que dichas decisiones trasuntan la importancia que otorgan las autoridades locales y provinciales al proyecto bajo análisis, y la conveniencia de contemplar su continuidad en el Parque Nacional, siguiendo el trazado de la vía férrea originaria.

Que la autorización para la rehabilitación de los tramos preexistentes y algunas readecuaciones complementarias, fue otorgada por la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES a través de la Resolución Nº 49/95 del Honorable Directorio.

Que en dicha autorización se establecieron las condiciones que regirían la prestación del servicio, dejando abierta...

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