Decreto 744/2011

Fecha de la disposición14 de Junio de 2011

Martes 14 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.170 8

NIMA a depositar las multas aplicadas por incumplimiento a las metas de expansión de redes, en la cuenta “ETOSS Multas Numeral 13.5.3 del Contrato de Concesión” abierta en el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (Sucursal 17);

dada la imposibilidad de cumplimentar, en su caso, en virtud de la rescisión contractual dispuesta por el Decreto N'º' 303 de fecha 21 de marzo de 2006, con las disposiciones del ArtÃculo 1'º de dicha Resolución, y ello bajo apercibimiento de no admitir la procedencia formal de cualquier recurso que dedujere.

Que en atención a que la ex Concesionaria no ha observado la obligación que le impone el Numeral 13.6.4 del Contrato de Concesión, modificado por la Resolución N'º' 601 de fecha 8 de julio de 1999 de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente entonces de la PRESIDENCIA DE LA NACION, recurriendo la Resolución N'º' 82 de fecha 15 de junio de 2006 del entonces Ente Regulador, sin acreditar el previo cumplimiento de la sanción impuesta; se considera que la desestimación del recurso importa la improcedencia del mismo, ya que adolece de ciertos requisitos que hacen imposible la continuidad de su sustanciación.

Que en el Anexo al ArtÃculo 1'º del Decreto N'º' 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se establece que la citada SubsecretarÃa, ejerce las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desagües Cloacales celebrado con la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, habiendo tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el ArtÃculo 99 Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el ArtÃculo 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N'º' 1759/72 T.O. 1991 y el ArtÃculo 68 del Anexo I del Decreto N'º' 999 de fecha 18 de junio de 1992.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — DesestÃmase por improcedente el recurso de alzada interpuesto en subsidio del de reconsideración por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución N'º' 82 de fecha 15 de junio de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Art. 2

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Julio M. De Vido.

SERVICIOS PUBLICOS Decreto 743/2011

Recházase un recurso interpuesto contra la Resolución N'° 162/06 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (ETOSS).

Bs. As., 8/6/2011

VISTO el Expediente N'º' 15.697/06 del Registro del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS), los Decretos Nros. 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787 de...

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