Decreto 659/2011

Fecha de la disposición27 de Mayo de 2011

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N'º' 906.844

Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y lÃneas rotativas Precio $ 2,00

Buenos Aires, viernes 27 de mayo de 2011

Año CXIX Número 32.158

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DECRETOS FERIAS INTERNACIONALES 659/2011

1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS 641/2011

2

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS 642/2011

2

643/2011

3

658/2011

3

PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION 639/2011

3

SECRETARIA DE CULTURA 640/2011

3

DECISIONES ADMINISTRATIVAS DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS 305/2011

4

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6

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Primera Sección Sumario DECRETOS FERIAS INTERNACIONALES Decreto 659/2011

ExÃmese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los paÃses participantes en la Fiesta de las Naciones,

Colectividades y ArtesanÃas del Mundo a realizarse en la localidad de Tigre, Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 26/5/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0485070/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Que la FUNDACION FUNDAL (C.U.I.T.

N'º' 30-67913585-2), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de las artesanÃas, tabacos y bebidas, originarios y procedentes de los paÃses participantes en la “FIESTA DE LAS NACIONES, COLECTIVIDADES Y ARTESANIAS DEL MUNDO”, a realizarse en la Localidad de Tigre, Provincia de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), durante el mes de mayo de 2011.

Que la realización de esta muestra tendrá como finalidad recaudar fondos para ayudar a mejorar la calidad de vida de la población infantil carenciada, tendiendo a cubrir las necesidades básicas insatisfechas de dicha comunidad.

Que la “FIESTA DE LAS NACIONES, COLECTIVIDADES Y ARTESANIAS DEL MUNDO” es la principal fuente de ingresos con que cuenta la FUNDACION FUNDAL para alcanzar dicha meta, por lo que se considera adecuado autorizar la importación de productos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por paÃs participante.

Que dicha autorización se otorga atento el fin estrictamente benéfico que persigue la interesada, cuya acción habrá de redundar en beneficio de la comunidad.

Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos de promoción objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 485 y 486 ambas de fecha 30 agosto de 2005, 343 de fecha 23 de mayo de 2007, 47 de fecha 15 de agosto de 2007, 588 y 589, ambas de fecha 4 de noviembre de 2008, todas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, 61 de fecha 4 de marzo de 2009, 165 de fecha 15 de mayo de 2009 y 337 de fecha 21 de agosto de 2009, todas del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y sus modificatorias.

Que han tomado intervención los Servicios JurÃdicos competentes en virtud de lo dispuesto por el ArtÃculo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N'º' 19.549.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el ArtÃculo 5'º, inciso s) de la Ley N'º' 20.545, incorporado por la Ley N'º' 21.450 y mantenido por el ArtÃculo 4'º de la Ley N'º' 22.792.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION...

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