Decreto 2784-2007
Fecha de la disposición | 28 de Noviembre de 2007 |
Santa Fe, 21 de Noviembre de 2007
VISTO:
El Expediente N° 01501-0041404-2, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección Provincial de Desarrollo Local y Economía Social de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, gestiona la aprobación del "PROGRAMA PROVINCIAL DE SUBSIDIOS PARA EMPRENDEDORES PRODUCTIVOS SOCIALES", el cual como Pla-nilla Anexa "A" se adjunta y forma parte del presente acto administrativo, estableciéndose que el mismo será implementado desde la citada Dirección Provincial; y
CONSIDERANDO:
que dicho Programa tiene como objetivo lograr la inclusión de emprendedores sociales al ámbito de la economía formal, promoviendo actividades productivas de bienes y servicios donde la ca-pacitación previa del beneficiario contribuya a la sustentabilidad del emprendimiento y fomentar la inclusión de la población en riesgo de vulnerabilidad social y económica, con perfil profesio-nal en artes u oficios que no puedan superar dicha condición por no contar con capital fijo -herramientas y maquinarias- promoviendo una movilidad social ascendente y la generación de empleo genuino;
que para ello se prevé la entrega de subsidios no reintegrables con destino a la compra de maqui-narias, herramientas e insumos que el/los beneficiario/s fundamente/n como adecuados a su pro-yecto, siendo que los emprendimientos podrán ser individuales o asociativos, hasta (3) personas como máximo, dichos subsidios consistirán en la suma equivalente a veinte (20) canastas básicas Tipo 2 por cada integrante, valor que se actualizará mensualmente de acuerdo al monto que fije el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos -I.N.D.E.C.- lo que posibilitará que el referido programa tenga vigencia ante posibles variaciones económicas tanto a nivel Provincial como Nacional; que asimismo es menester aprobar la Guía de Presentación de Emprendimientos Productivos Asociativos Comerciales y la Grilla de Evaluación, Monitoreo y Seguimiento, que como Plani-llas Anexas "B" y "C" respectivamente, se adjuntan y forman parte del presente decreto; que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Estado de Promoción Comu-nitaria, mediante Dictamen Nº 8128 de fecha 11 de octubre de 2007, ha tomado debida interven-ción; que la presente gestión se encuadra en lo estatuido por las disposiciones del Artículo 72 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA
Apruébase el "PROGRAMA PROVINCIAL DE SUBSIDIOS PARA EM-PRENDEDORES PRODUCTIVOS SOCIALES", el cual como Planilla Anexa "A" se adjunta y forma parte del presente acto administrativo.
Establécese que la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria será el or-ganismo encargado de la aplicación del Programa a través de la Dirección Provincial de Desa-rrollo Local y Economía Social, pudiendo dictar la normativa complementaria que sea necesaria para la ejecución del mismo.
Apruébase la Guía de Presentación de Emprendimientos Productivos Asociati-vos Comerciales y la Grilla de Evaluación, Monitoreo y Seguimiento, que como Planillas Anexas "B" y "C" respectivamente, también se adjuntan y forman parte del presente decreto.
Regístrese, comuníquese y archívese.
OBEID
Dra. Silvia Rosa Simoncini
PLANILLA ANEXA "A"
PROGRAMA PROVINCIAL DE SUBSIDIOS PARA EMPRENDEDORES PRODUCTIVOS SOCIALES
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROGRAMA
El programa prevé la entrega de subsidios no reintegrables con destino a la compra de maquina-rias, herramientas e insumos que el beneficiario fundamente como adecuados a su proyecto.
Para acceder al programa se deberá presentar a la Dirección Provincial de Desarrollo Local y Economía Social de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria, un plan de desarrollo de la actividad, mediante un formulario específico diseñado para tal fin.
El formulario contendrá los siguientes ítems:
1) Identificación del o los beneficiarios
- Apellido y Nombre
- D.N.I.
- Domicilio
- Estado Civil
- Capacitación formal y no formal del titular.
2) Dirección Postal del...
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