Decreto 275/2015

Fecha de la disposición25 de Febrero de 2015



VITIVINICULTURA

Decreto 275/2015

Programa de Expansión del Sector Vitivinícola. Ratifícase Acta de Compromiso.

Bs. As., 25/2/2015

VISTO el ACTA DE COMPROMISO PARA CONTINUAR EL PROGRAMA DE EXPANSION DEL SECTOR VITIVINICOLA, suscripta entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y sus empresas afiliadas constituidas como garantes de la misma, con fecha 14 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que en el Acta mencionada en el VISTO se asumieron una serie de compromisos tendientes a incentivar la expansión y las inversiones en el sector vitivinícola nacional, en particular respecto de los vinos espumantes.

Que es de interés del Gobierno Nacional propender y apoyar las inversiones de dicho sector con el propósito de mejorar su competitividad, la generación de empleo y las economías regionales.

Que BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y sus empresas afiliadas están dispuestas a comprometer inversiones genuinas y significativas.

Que, a la luz de esta manifestación de voluntad y compromiso del sector privado, el Gobierno Nacional está dispuesto a reducir el nivel tributario que le corresponde al mismo, con el propósito de apoyar un incremento sustantivo de sus inversiones productivas y de sus exportaciones.

Que, del mismo modo y complementariamente, BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y sus empresas afiliadas están dispuestas a destinar un monto adicional al sacrificio fiscal asumido por el Gobierno Nacional con el mismo fin señalado precedentemente.

Que en esta instancia corresponde ratificar el Acta de Compromiso referida, con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos tenidos en cuenta al momento de su suscripción.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Ratifícase el ACTA DE COMPROMISO PARA CONTINUAR EL PROGRAMA DE EXPANSION DEL SECTOR VITIVINICOLA, suscripta entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y BODEGAS DE ARGENTINA A.C. y sus empresas afiliadas constituidas como garantes de la misma, con fecha 14 de enero de 2015, cuya copia autenticada se adjunta y forma parte del presente decreto como ANEXO I.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — Carlos H. Casamiquela.

ANEXO I

ACTA DE COMPROMISO PARA CONTINUAR EL PROGRAMA DE EXPANSIÓN DEL SECTOR VITIVINÍCOLA

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 14 días del mes de enero de 2015, el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN, representado en este acto por su titular Doctor D. Axel KICILLOF, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DE LA NACIÓN, representado en este acto por su titular Ingeniero Agrónomo D. Carlos CASAMIQUELA, el Señor D. Ángel Antonio VESPA, en representación de BODEGAS DE ARGENTINA A.C. en su carácter de Director a cargo de la Presidencia y los representantes de las empresas que se constituyen como garantes de la presente Acta de Compromiso, detalladas en el punto 2.1. de su CLÁUSULA SEGUNDA, acuerdan a través de la misma incentivar las inversiones del sector vitivinícola, en particular respecto de los vinos espumantes y en consecuencia mejorar su competitividad, la generación de empleo y las economías regionales, la que se regirá con arreglo a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: RATIFICACIÓN DEL COMPROMISO DE INVERSIÓN

1.1. BODEGAS DE ARGENTINA A.C. asume el compromiso y la obligación de invertir durante UN (1) año, a partir del 1 de febrero de 2015, la suma total equivalente al CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (125%) del monto del Impuesto Interno que grava los vinos espumantes no percibido por el ESTADO NACIONAL durante el período indicado. Esta obligación deberá cumplimentarse trimestralmente.

A efectos de determinar el monto del impuesto interno a que se refiere el párrafo anterior, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, determinará cuáles son las bodegas que producen vinos espumantes en la REPÚBLICA ARGENTINA y requerirá...

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