Decreto 478/2007

Fecha de disposición07 Mayo 2007
Fecha de publicación07 Mayo 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31149

Danse por finalizadas las funciones de un Ministro Plenipotenciario, en virtud de lo dispuesto en el artículo 18, inciso g) de la Ley Nº 20.957. Impleméntase su convocatoria al Cuerpo Permanente Activo para prestar servicios en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Bs. As., 3/5/2007

VISTO los artículos 18, inciso g) y 21, inciso s) de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación, y CONSIDERANDO:

Que la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 en su artículo 18, inciso g) determina 'imperio legis' los funcionarios que dejarán de pertenecer al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación cuando hubieren alcanzado determinados límites de edad.

Que el señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Francisco Julián LICASTRO reúne los requisitos legales exigidos por la norma citada precedentemente al haber alcanzado la edad de los SESENTA Y SIETE (67) años.

Que en atención a necesidades de servicio resulta conveniente implementar su convocatoria al Cuerpo Permanente Activo para cumplir dicho cometido en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional y la Secretaría de Relaciones Exteriores del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1. y 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Danse por finalizadas las funciones del señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Francisco Julián LICASTRO (M.I.

Nº 4.891.834) en el Cuerpo PermanenteActivo del Servicio Exterior de la Nación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 18, inciso g) de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación.

Art. 2º

Convócase al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación a efectos de prestar funciones en el MINISTERIO DE DEFENSA, al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Francisco Julián LICASTRO, de conformidad con lo estipulado por el artículo 21, inciso s) de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación.

Art. 3º

Las erogaciones emergentes del cumplimiento del presente Decreto se imputarán a las partidas específicas del...

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