Decreto 466/2007

Fecha de disposición04 Mayo 2007
Fecha de publicación04 Mayo 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31148

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del mencionado Organismo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Bs. As., 2/5/2007

VISTO el Expediente Nº 154.234/06 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, el

Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, el Decreto Nº 163 de fecha 2 de marzo de 2005, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, como así también los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que por el Decreto Nº 163/05 se aprobó la estructura organizativa de la OFICINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que se ha verificado en estos últimos años un incremento en el grado de complejidad y magnitud de las tareas que debe cumplir la OFICINA ANTICORRUPCION.

Que en el área de investigaciones, luego de seis años de ejercicio, las causas judiciales se van encontrando en condiciones de ser elevadas a juicio, con la dedicación profesional que ello implica.

Que el prolongado y complejo trámite de los procesos judiciales hace que las presentaciones de la OFICINAANTICORRUPCION como denunciante o querellante en nuevas causas signifiquen una multiplicación de actividades, con la consiguiente acumulación de tareas.

Que en el área de prevención y políticas de transparencia se están desarrollando proyectos de gran envergadura que requieren de una organización adecuada que garantice su ejecución.

Que esto genera la necesidad de reestructurar la composición de la OFICINAANTICORRUPCION, que incluya también un cargo de conducción con rango de Coordinación, la cual llevará adelante el área institucional, todo ello a fin de optimizar sus recursos, concentrando la utilización de los profesionales en las áreas específicas.

Que en atención a la especial composición de la OFICINA ANTICORRUPCION donde sus Direcciones de Investigaciones y de Planificación de Políticas de Transparencia poseen rango y jerarquía de Subsecretaría de Estado, según Decreto Nº 102/99, y teniendo en cuenta las responsabilidades primarias y acciones que recaen sobre las mismas, resulta necesario crear las Subdirecciones de Investigaciones y de Planificación de Políticas de Transparencia, que permitan cubrir las responsabilidades primarias y acciones de los Directores en caso de ausencia.

Que la creación de las unidades Subdirección y la Coordinación aludida no implica una mayor erogación presupuestaria ni el incremento de los cargos asignados a la OFICINA ANTICORRUPCION, toda vez que se utilizarán para ello cargos existentes en la referida Oficina.

Que por las razones expuestas se considera necesario...

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