Decreto 437/2007

Fecha de disposición27 Abril 2007
Fecha de publicación27 Abril 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31144

Promoción de agentes en la citada Sociedad del Estado, organismo actuante en la órbita de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Bs. As., 25/4/2007

VISTO el Expediente Nº 1567/2005 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIADE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes 25.827, 25.967, 26.078 y 26.198 de PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para los ejercicios 2004, 2005, 2006 y 2007 respec., los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 565 de fecha 1º de junio de 2005, y CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7º de las Leyes 25.827, 25.967, 26.078 y 26.198 se estableció que salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas, ni los que se produzcan con posterioridad.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda promoción, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que asimismo por el artículo 2º del Decreto Nº 565 de fecha 1º de junio de 2005 y el artículo 11 de la Ley Nº 26.198 se dispuso que las facultades otorgadas al Jefe de Gabinete de Ministros por las Leyes Nros. 26.078 y 26.198 podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en el ámbito de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se encuentran vacantes distintos niveles inferiores de su estructura escalafonaria, que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta necesario proceder a su cobertura.

Que las personas propuestas reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los cargos que se detallan en el Anexo I que integra esta medida.

Que el costo remunerativo de las promociones aludidas será afrontado con recursos propios y genuinos de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por el artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos y 14 de la Ley Nº 25.827, 7º de la Ley Nº 25.967 y 7º y 11 de la Ley 26.078, el artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y el artículo 2º del Decreto Nº 565 de fecha 1º de junio de 2005 y los artículos y 11 de la Ley N° 26.198.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

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