Decreto 2726. Recházase recurso.

Fecha de disposición10 Diciembre 2015
Fecha de publicación10 Diciembre 2015
SecciónDecretos

Decreto 2726/2015

Recházase recurso.

Bs. As., 02/12/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0003048/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 2619 del 30 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente mencionado en el Visto, tramita la presentación efectuada por la agente Da. Mirian Susana TOGNOLI (D.N.I. N° 20.950.599), designada mediante el Decreto N° 2619 del 30 de diciembre de 2014, en la Planta Permanente en el cargo de "SECRETARIA PRIVADA" (código 2013-003506-JEGAMI-G-SI-X-C al 2013-003515-JEGAMI-G-SI-X-C), Nivel C, Grado 5, del Tramo Intermedio - Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que la agente se notificó de su designación el 20 de enero de 2015, la que tramitó por el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0052999/2013.

Que el 20 de enero de 2015 la causante interpuso un reclamo contra el Grado sugerido por el Comité de Selección interviniente en el marco de la cobertura del cargo mencionado, mediante el Acta N° 8 del 12 de diciembre de 2013.

Que dicho reclamo versa sobre la solicitud de revisión del Grado que le fue otorgado en su designación, por considerar afines al cargo en cuestión las tareas desarrolladas por la agente.

Que los artículos 24, 31 y 128 del Anexo del Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establecen las condiciones mediante las cuales el órgano selector es competente para recomendar el grado escalafonario.

Que en consecuencia el Comité de Selección recomendó incorporar a la agente Da. Mirian Susana TOGNOLI en el Grado CINCO (5) del nivel escalafonario del cargo concursado, de acuerdo a las previsiones establecidas por el artículo 31 del Anexo del Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que el Órgano de Selección actuó dentro de sus atribuciones al evaluar, ponderar los antecedentes de los concursantes y recomendar el grado propuesto.

Que teniendo en consideración la fecha en que la agente se notifica de su designación y la fecha en que se hace efectiva la presentación impugnatoria, la misma ha sido interpuesta en tiempo y forma.

Que en consecuencia, la presentación efectuada por la interesada debe considerarse como un recurso de reconsideración interpuesto en legal tiempo contra el Decreto N° 2619 del 30 de diciembre de 2014, en los...

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