DECRETO 272 / 2020 DECRETO de 12 de Febrero de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Marzo de 2020
Fecha de la disposición12 de Febrero de 2020
Número de Boletín29691
Fecha de Publicación 4 de Marzo de 2020
Número de documento76814

DECRETO N° 272/3 (ME), del 12/02/2020.-

EXPEDIENTE N° 386/389-P-2018

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el señor Segundo Agenor Peralta, D.N.I N° 8.053.731, jubilado provincial transferido a la Nación, gestiona la revisión y pago de retroactividad del concepto Asignación Mensual y Personal de sus haberes previsionales, conforme a la Ley N° 7.652 y al Decreto N° 1.115/3(ME)-10, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 19 la Subgerencia Previsional del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán (I.P.S.S.T.) informa que se procedió a liquidar el retroactivo por el período 01/09/2017 hasta septiembre de 2018 inclusive, correspondiente a la aplicación del Decreto N° 2.956/3 (ME) del 18/9/2017, determinando una diferencia del monto mensual de la Asignación Mensual y Personal adeudada de $936,45, por lo que corresponde de retroactivo (Cód. 140-556) la suma de $13.110,30.

Que a fs. 22 la Dirección General de Auditoría del Ministerio de Economía emite su informe, sin formular observación respecto a la suma calculada, señalando que deberá darse cumplimiento a lo establecido en el Decreto N° 3596/3 (SH) del 12/11/2009 y en la Resolución N° 1543/ME del 28/12/2009.

Que a fs. 28 la Subdirección de Auditoría de la Contaduría General de la Provincia emite informe de su competencia y a fs. 29 la Dirección General de Presupuesto.

Que por Decreto N° 3.596/3 (SH) del 12/11/2009 modificado por Decreto 1.115/3 (ME) del 28/4/2010, se deja establecido que todos los reajustes de haberes correspondientes a jubilados y pensionados transferidos serán exclusivamente dispuestos por el Poder Ejecutivo.

Que por Resolución N° 1.543/ME del 28 de diciembre de 2009 se reglamentó el procedimiento a seguir para las reliquidaciones y/o reajustes de haberes previsionales derivados de la Ley N° 7.652.

Que la Ley N° 7652 en su artículo 1° establece una asignación mensual y personal a favor de los jubilados y pensionados provinciales y municipales incluidos en el Convenio de Transferencia de los Sistemas Previsionales de la Provincia de Tucumán y del Municipio de San Miguel de Tucumán al Estado Nacional, aprobado por Ley N° 6772 y sus modificatorias.

Que en consecuencia, resulta menester proceder de conformidad a lo gestionado, dictando para ello la respectiva medida administrativa.

Por ello, y en mérito al Dictamen Fiscal N° 3149 del 26/12/2019, obrante a foja 31 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D...

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