DECRETO 2701 / 2022 DECRETO / 2022-08-26

Fecha de publicación20 Septiembre 2022
Fecha26 Agosto 2022
Número de Gaceta30.312
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 2.701/1 (SIDETEC), del 26/08/2022.
EXPEDIENTE N° 74/800-S-2021 y Agdos.-
VISTO, las presentes actuaciones, por las cuales la Secretaría de Estado de Innovación y Desarrollo Tecnológico solicita autorización para rescindir el contrato de alquiler del inmueble ubicado en calle San Lorenzo N° 426 de esta ciudad, destinado al funcionamiento de sus oficinas, celebrado en fecha 18 de octubre de 2021 entre el Superior Gobierno de la Provincia y la propietaria Ana Justina Navarro Zavalía, y
CONSIDERANDO:
Que el Secretario de Estado del área manifiesta que la contratación del alquiler del inmueble citado, fue autorizada mediante Decreto N° 2431/1 (SIDETEC) de fecha 05/10/2021 (fojas 74/80).
Que mediante Expediente N° 872/455-T-2021, se solicitó al Ente de Infraestructura Comunitaria que confeccione un proyecto para la refacción del inmueble, con los montos que demandarían las refacciones para acondicionarlo al funcionamiento de la repartición.
Que a fojas 144 de las actuaciones referidas, la Directora de Despacho del Poder Ejecutivo expresa que no cuenta con autorización de la Superioridad para la realización de la refacción solicitada, teniendo en cuenta el costo estimado. Por ello, el Secretario de Estado de Innovación y Desarrollo Tecnológico gestiona la rescisión del contrato de locación citado (fojas 176/177).
Que se encuentran agregadas copias: del Decreto N° 2431/1 (SIDETEC) de fecha 05/10/2021 (fojas 74/80), del Acuerdo N° 4501 de fecha 23/11/2021 del Honorable Tribunal de Cuentas, correspondiente al control preventivo del acto, sin formular observaciones (fojas 89/90), copia fiel del contrato de locación suscripto en fecha 18/10/2021 (fojas 93/96), certificación de firmas de quienes suscriben el referido contrato de locación (fojas 97/102), pago del sellado de la Dirección General de Rentas (fojas 103/105), e informe de los pagos del alquiler correspondiente del inmueble de calle San Lorenzo N° 426 (fojas 196).
Que ante todo, corresponde señalar que toda actuación del órgano ejecutivo (centralizado y descentralizado) se presume regida por el derecho administrativo, aunque para resolver una cuestión planteada se invocará, por vía analógica o supletoria, normas del derecho privado o principios generales del derecho (Sesín, Domingo J., "Contratos Administrativos: Jurisprudencia", en contratos administrativos, 2da. Ed., Buenos Aires, Rap., pag. 119). Es que, como se ha sostenido, el auténtico problema que plantea el conjunto de los contratos...

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