Decreto 27 de 10 de Enero de 2005

La Plata, 10 de enero de 2005.

VISTO: Lo actuado en el expediente 2100-37774/04, por el que tramita la promulgación de un proyecto de ley, sancionado por la Honorable Legislatura en fecha 22 de diciembre del año próximo pasado, mediante el cual se crea el Programa Integral de Capacitación y Empleo para la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que el citado programa tiene como objetivo, entre otras, elaborar y ejecutar las acciones para el cumplimiento de las políticas en materia de empleo; planificar, coordinar y ejecutar los programas de empleo y capacitación, elaborar y divulgar un padrón de oferta y demanda laboral en el ámbito provincial; fomentar el desarrollo de un sistema de capacitación, oferta y demandas de empleo; orientar y capacitar a los beneficiarios del programa y fiscalizar la aplicación de los recursos establecidos en la ley;

Que el mencionado Programa estará a cargo de un Consejo Asesor integrado por funcionarios de la Administración Central, por el Presidente del Banco de la Provincia de Buenos Aires y representantes de los sectores del trabajo y del empresariado;

Que la norma sub-exámine prevé que los beneficios del mismo consistirán en asistencia ocupacional, capacitación y formación y becas para capacitación y formación;

Que del análisis del texto sancionado surge claramente que es objetivo del aludido Programa participar activamente en la capacitación laboral y en la vinculación entre la oferta y demanda de mano de obra en la Provincia, quitándole acción de gestión a dependencias específicas como los Ministerios de Desarrollo Humano y de Trabajo, que de manera especial conocen la problemática de la materia y a sus actores;

Que asimismo, la propuesta legislativa en análisis propicia una gran concentración económica de recursos con el fin de implementar toda la política de capacitación y empleo provincial, desconociendo que actualmente existen otros organismos competentes y específicos dedicados a ello, instituciones y convenios establecidos con la Nación y los Municipios que ofrecen las herramientas necesarias para brindar soluciones a un problema tan complejo como el desempleo;

Que en tal sentido, la afectación del cinco por ciento (5%) de lo recaudado por los Fondos Provinciales de Bosques, Agrario Provincial, Parques y Monumentos Naturales, Sanitario de la Carne y Pesca y Acuicultura, desnaturaliza los objetivos que se tuvieron en cuenta al momento de la...

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