Decreto 2696-2008

Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2008

DECRETO Nº 2696

SANTA FE, 6 NOV 2008

VISTO:

El Expediente Nº 16101-0098311-7 y su agregado por cuerda floja Nº 16101-0098312-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionados con la Renegociación de los Convenios de Conservación, Reparación y Mejoramiento de los Corredores Viales N°s. 4 y 6 respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 11.204 y su Decreto Reglamentario Nº 461 de fecha 17 de Marzo de 1.995, se autorizó al Poder Ejecutivo a otorgar concesiones de obras viales por un plazo determinado a Municipalidades y Comunas vinculadas y/o Unidades Ejecutoras, para la construcción, administración, conservación, reparación, mantenimiento o ampliación de obras viales;

Que por Decretos Nºs. 1536 y 1537 de fecha 16 de Octubre de 1996, se aprobaron los Estatutos de funcionamiento de la Unidades Ejecutoras de los Corredores Viales N°s. 6 y 4 respectivamente y se autorizó a la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir los respectivos contratos con la Unidades Ejecutoras de los citados Corredores, firmándose en fecha 18 de Octubre de 1996, los Convenios N°s. 007597 y 007598 con las Comunas involucradas;

Que el 10 de Septiembre de 1997 luego de la finalización de las obras iniciales exigidas en el plexo contractual, el Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad autorizó la habilitación del cobro de una tasa retributiva de servicio en la Ruta Provincial Nº 18, haciendo lo propio en el mes de octubre de 1997 para la Ruta Provincial Nº 14;

Que durante el primer año de la vigencia de los citados convenios se observaron fallas estructurales en diversos sectores de las rutas involucradas lo que obligó a las Unidades Ejecutoras a modificar el plan de obras aprobado, realizándose inversiones en sectores en los cuales se tenía previsto intervenir en años posteriores, lo que produjo un impacto negativo en la ecuación económica financiera, y se tradujo en un principio en la disminución de obras de conservación y mejoramiento y en la actualidad en la falta de recursos: para sostener la continuidad del sistema;

Que los subsidios entregados por la Provincia, no resultaron suficientes para reestablecer el equilibrio presupuestario;

Que el Ministerio de Obras Públicas y Vivienda y la Dirección Provincial de Vialidad con la colaboración de la Dirección General de Concesiones y los integrantes de las Unidades Ejecutoras de los Corredores 4 y 6, convinieron en la elaboración de una propuesta de adecuación de los convenios vigentes, hasta tanto se elabore un nuevo marco legal que permita sustentar este sistema de conservaciones de obras viales, adaptándolo a la realidad de su actual funcionamiento y necesidades operativas;

Que de fojas 2 a 9 del expediente principal y de fojas 2 a 9 del agregado, obran las respectivas Actas - Acuerdo de Renegociación de los Convenios de Conservación, Reparación y Mejoramiento de los Corredores Viales 6 y 4, firmadas en fecha 5 de Noviembre de 2.008 entre la Dirección Provincial de Vialidad y la respectiva Unidad Ejecutora, las que contemplan la conservación, mantenimiento y mejoramiento de las siguientes rutas: a) Corredor Vial Nº 6: Provincial Nº 14 - tramo Ruta Nacional Nº 33 hasta la intersección con Ruta Provincial Nº 93 y b) Corredor Vial Nº 4: Ruta Provincial Nº 18 - tramo Arroyo Saladillo hasta la intersección con el limite de Provincia de Buenos Aires y accesos a las localidades de Villa Amelia, Coronel Domínguez, Acebal, Uranga y Albarellos, Pavón Arriba, Santa Teresa y Peyrano;

Que de dichas actas surge que el acuerdo al que se arriba es de carácter transitorio y regirá hasta tanto se defina un nuevo marco legal que permita sustentar adecuadamente el sistema de descentralización y delegación de funciones administrativas creado por la ley Nº 11.204;

Que a los fines de proceder al restablecimiento del equilibrio presupuestario del sistema, las partes establecieron modificaciones en el cuadro de las tasas retributivas de servicio y mantenimiento, el plan de obras e inversiones de emergencia, la compensación por exceso de cargas, etc., rigiendo en lo que no resulte modificado, los anteriores convenios;

Que respecto del plan de obras de emergencia consensuado, las partes dejan constancia que su cumplimiento será por el término de la vigencia de la nueva tasa básica de dos pesos y con aportes por parte del Poder Ejecutivo no inferiores a la suma de $ 1.985.625 para el Corredor Vial 6 y de $ 1.694.490,51 para el Corredor Vial 4 para cubrir el déficit que se producirá con las obras a realizar, por parte de las Comunas que integran cada Unidad Ejecutora, quedando en consecuencia canceladas todas las obligaciones recíprocas generadas con anterioridad a las actas cuya ratificación se pretende;

Que las mencionadas actas, has sido firmadas “ad referéndum” del Poder Ejecutivo por lo que corresponde proceder a su ratificación.

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º

Ratifícanse las Actas Acuerdo de Renegociación de los Convenios de Conservación, Reparación y Mejoramiento (Convenios Nºs. 20.671 y 20.672) rubricadas entre el Administrador de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda y los señores representantes de los Corredores Viales Nºs. 4 y 6, el día 5 de Noviembre de 2.008, las que se adjuntan al presente y forman parte integrante del mismo.

ARTICULO 2º

Regístrese, comuníquese, archívese.

BINNER

Arq. Hugo Guillermo Storero

CONVENIO Nº 20671

Acta Acuerdo de Renegociación del Convenio de Conservación, Reparación y Mejoramiento del Corredor Vial Nº 4.

En la ciudad de Santa Fe a los 5 días del mes de Noviembre de 2008, en el marco del proceso de renegociación, el señor Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad Ingeniero JORGE A PLACENZOTTI, DNI. Nº 10.430.273 designado por Decreto Nº 0029/07, ad referéndum del señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Dr. Hermes Binner, por una parte y por la otra, la Unidad Ejecutora Corredor Vial Nº 4, Ruta Provincial Nº 18 Consorcio Público, que tiene a su cargo la conservación, reparación y mejoramiento de la Ruta Provincial Nº 18 tramo Arroyo Saladillo - Limite Provincia de Buenos Aires y Accesos a las localidades de Villa Amelia, Coronel Domínguez, Acebal, Uranga y Albarellos, Pavón Arriba, Santa Teresa, Peyrano, representada por su Presidente Diego Battilana y Secretaria Mirta C. Mansilla expresan lo siguiente:

Que han alcanzado un Acuerdo sobre la adecuación del Contrato que los vincula registrado bajo número 007598 del día 18 del mes de Octubre de 1996, el cual consiste en lo siguiente:

PARTE PRIMERA

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES

  1. Mediante la Ley Nº 11204 aprobada el 13 del mes de Octubre del año 1994 y el Decreto Reglamentario Nº 461 del 17 de Marzo del año 1995, se autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar concesiones de obras viales por un plazo determinado a Municipalidades y Comunas vinculadas y/o Unidades Ejecutoras, para la construcción, administración, conservación, reparación, mantenimiento o ampliación de obras viales.

    Por decreto Nº 1537 del 16 de Octubre de 1996, en su artículo primero se aprueba el Estatuto de funcionamiento de la Unidad Ejecutora Corredor Vial Nº 4.

    En el artículo segundo se determina el Pliego de Bases y Condiciones Generales confeccionado por la Dirección Provincial de Vialidad que fuera aprobado por Decreto Nº 4342/92.

    En el artículo tercero se aprueba el Pliego de Condiciones Particulares para la concesión de Obras Viales y el Pliego Técnico Particular Concesión Ruta Provincial Nº 18 Corredor Nº 4.

    Por último en el artículo cuarto se autoriza a la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el contrato respectivo con la unidad Ejecutora Corredor Vial Nº 4 - Consorcio Público.

    El 18 de Octubre de 1996 se suscribe el convenio Nº 007598 con dicho Ente integrado por las Comunas de Acebal, Peyrano, Santa Teresa, Coronel Domínguez, Villa Amelia y el Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad.

    El 19 de Septiembre de 1997 luego de la finalización de las obras iniciales exigidas en el plexo contractual, el Administrador General de Vialidad provincial por Resolución Nº 1382 autoriza la habilitación del cobro de una tasa retributiva de servicio en la Ruta Provincial Nº 18.

    El Período del contrato se establece por quince años a partir del inicio del cobro de la tasa que se realizó el día 20 del mes Septiembre del año 1997.

  2. Durante el primer año de la vigencia del convenio se observaron fallas estructurales en la Ruta Provincial Nº 18 en el sector comprendido entre el acceso a Coronel Domínguez y Ruta Provincial Nº 90, traslucidos en el rápido deterioro del pavimento, que había sido de reciente construcción por parte de...

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