DECRETO 2674 / 2019 DECRETO de 2 de Septiembre de 2019
Fecha de Entrada en Vigor: | 20 de Septiembre de 2019 |
Fecha de la disposición: | 2 de Septiembre de 2019 |
Número de Boletín: | 29578 |
Fecha de Publicación: | 19 de Septiembre de 2019 |
Número de documento: | 74195 |
DECRETO N° 2.674/3 (SH), del 02/09/2019.-
EXPEDIENTE N° 4.043/232-V-2019.
VISTO el presente expediente mediante el cual el Ente Cultural de Tucumán gestiona la provisión de fondos en concepto de Aporte No Reintegrable y la liberación de las cuotas y economías asignadas a las Partidas Principales 200 - Bienes de Consumo- y 300 -Servicios No Personales, y
CONSIDERANDO:
Que lo tramitado es a los efectos de financiar gastos corrientes en bienes de consumo, servicios no personales y transferencias durante los meses de septiembre y octubre de 2019.
Que el Artículo 1° del Decreto N° 1/3(SH) del 7 de enero de 2019, pone a disposición los créditos de las partidas de bienes de consumo, servicios no personales y transferencias, pudiendo solo disponerse de una cuota compromiso del 21% trimestral de la sumatoria de los créditos presupuestarios asignados a las mencionadas partidas.
Que a efectos de dar cumplimiento a lo requerido resulta necesario autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir las correspondientes órdenes de pago; y además poner a disposición del ente autárquico recurrente el respectivo crédito presupuestario, dictando la pertinente medida administrativa.
Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 3, Dirección General de Presupuesto a foja 4 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1.832 del 15 de agosto de 2019, obrante a foja 6 de estos actuados,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Para continuar leyendo
SOLICITA TU PRUEBA