Decreto 274/2011

Fecha de la disposición17 de Marzo de 2011

Jueves 17 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.112 3

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1079, asà como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de EconomÃa y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1079 y acuerde las modificaciones que sean convenientes a su ejecución.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son las usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuadas a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el ArtÃculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los ArtÃculos 57 y 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'º' 24.156 y sus modificaciones y el ArtÃculo 40 de la Ley N'º' 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1079 a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTE MILLONES (US$' 120.000.000) destinado a financiar parcialmente el “Programa de Abastecimiento Eléctrico en las Distintas Regiones del PaÃs en el Marco del Plan Federal de Transporte de Electricidad”, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) CapÃtulos, de las Normas Generales integradas por NUEVE (9) CapÃtulos y un Anexo único, cuyas copias autenticadas forman parte del presente decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III, las versiones en idioma español de las “PolÃticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” y las “PolÃticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, ambas correspondientes a la edición del mes de julio de 2006.

Art. 2

'º — Facúltase al señor Ministro de EconomÃa y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID ARL1079 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba por el ArtÃculo 1'º del presente decreto.

Art. 3

'º — Facúltase al señor Ministro de EconomÃa y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID AR-L1079, cuyo Modelo se aprueba por el ArtÃculo 1'º de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

Art. 4

'º — DesÃgnase a la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través del Comité de Administración del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Abastecimiento Eléctrico en las Distintas Regiones del PaÃs en el Marco del Plan Federal de Transporte de Electricidad”, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el ArtÃculo 1'º de la presente medida.

Art. 5

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — AnÃbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Julio M. De Vido.

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar % 3 % % 3 % CONTRATOS Decreto 273/2011

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a suscribirse entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento (CAF), destinado a financiar parcialmente el Programa de Desarrollo Vial Regional.

Bs. As., 3/3/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0417117/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Modelo de Contrato de Préstamo destinado al “Programa de Desarrollo Vial Regional”, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), y CONSIDERANDO:

Que mediante el mencionado Modelo de Contrato de Préstamo citado en el Visto la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA para la ejecución del “Programa de Desarrollo Vial Regional” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CUARENTA MILLONES (U$S 140.000.000).

Que el “Programa de Desarrollo Vial Regional” se inserta dentro de las polÃticas públicas que viene desarrollando el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y tiene por objeto incrementar y optimizar la transitabilidad de las redes de caminos, generando una integración productiva entre las diferentes regiones del paÃs y contribuyendo a una recuperación económica sostenible, de modo de facilitar el transporte de bienes en corredores productivos provinciales, regionales e internacionales en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que las partes convienen en que las funciones encomendadas al “Organismo Ejecutor” del “Programa de Desarrollo Vial Regional” estarán a cargo del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo, de la cual dependerá la “Unidad Ejecutora del Programa” (UEP).

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en este tipo de...

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