Decreto 270/2011

Fecha de la disposición16 de Marzo de 2011

Miércoles 16 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.111 3

Que el programa citado tiene por objetivo el mejoramiento de la productividad, sostenibilidad ambiental y equidad socioeconómica del sector agropecuario de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que la ejecución del “Programa de Fortalecimiento del Sistema de Innovación Agropecuaria” será llevada a cabo por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA) organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el que será apoyado por una Unidad de Gestión del Programa, que fuera creada a ese efecto.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID N'º' 2412/OC-AR, asà como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de EconomÃa y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N'º' 2412/ OC-AR y acuerde modificaciones a los mismos, siempre que sean convenientes para su ejecución.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el ArtÃculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los ArtÃculos 57 y 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N'º' 24.156 y sus modificaciones y el ArtÃculo 40 de la Ley N'º' 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N'º' 2412/OC-AR a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SETENTA MILLONES (U$S 170.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de Fortalecimiento del Sistema de Innovación Agropecuaria”, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) capÃtulos, de las Normas Generales integradas por NUEVE (9) capÃtulos y UN (1) Anexo Unico, cuya copia autenticada forma parte del presente decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como Anexos II y III, las versiones en idioma español de las “PolÃticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” y las “PolÃticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, ambas correspondientes a la edición del mes de julio de 2006.

Art. 2

'º — Facúltase al señor Ministro de EconomÃa y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N'º' 2412/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el ArtÃculo 1'º del presente decreto.

Art. 3

'º â Facúltase al señor Ministro de EconomÃa y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a...

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