Decreto 303/2011

EmisorSindicatura General de la Nacion
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2011

Miércoles 16 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.111 7 en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N'º' 648/04 y la Resolución S.G. N'º' 56/05 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel polÃtico y sus correspondientes aperturas inferiores.

Que por las resoluciones conjuntas mencionadas en el visto se aprobó el nomenclador de Cargos de Funciones Ejecutivas de dicha SecretarÃa.

Que no habiéndose, aún, efectuado la correspondiente convocatoria al proceso de selección, razones operativas hacen necesario prorrogar por un término similar las designaciones transitorias de los funcionarios involucrados en el Decreto N'º' 588/10.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artÃculo 99, inciso 1'º de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artÃculo 1'º del Decreto N'º' 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Danse por prorrogadas, a partir de la fecha que en cada caso se señala, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles, las designaciones transitorias dispuestas por los Decretos Nros. 912/05; 693/07 y 901/07 y prorrogadas por el Decreto N'º' 588/10, de los funcionarios que se mencionan en el Anexo I que integra el presente decreto, en los cargos y niveles allà consignados, autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas que en cada caso se indica, y con autorización excepcional en el caso del señor José MarÃa OTTAVIS ARIAS (D.N.I.

N'º' 28.231.328), por no reunir los requisitos mÃnimos establecidos en el artÃculo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N'º' 2098/08.

Art. 2

'º â Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artÃculo 120 y en el TÃtulo II, CapÃtulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N'º' 2098/08, dentro del plazo...

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