Decreto 260/2022

Fecha de publicación10 Mayo 2022
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-17499338-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de Contrato de Préstamo CAF propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Infraestructura Universitaria Fase IV”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MILLONES (USD 75.000.000).

Que el objetivo general del Programa es ampliar las oportunidades de acceso a la educación superior y mejorar la calidad del Sistema Universitario Nacional (SUN) mediante la realización de obras de infraestructura en las universidades nacionales y apoyar la creación de escuelas de pregrado dependientes del sistema universitario en las diferentes provincias del País.

Que el referido Programa se estructura en TRES (3) componentes: (i) Infraestructura Universitaria; (ii) Administración, auditoría y evaluación y (iii) Otros gastos.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del Préstamo serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, a través de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS que actuará como responsable de la coordinación y ejecución técnica del Programa y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, como responsable de la coordinación administrativa.

Que, adicionalmente, la evaluación estratégica del Programa tendrá al Organismo Ejecutor como responsable de la ejecución fiduciaria y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como responsable de la ejecución técnica-metodológica.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, suscriba el Contrato de Préstamo CAF, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.

Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Infraestructura Universitaria Fase IV”, siempre y cuando no...

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