Decreto 2579. Dase por prorrogada designación de la Directora General de Cooperación Internacional.
Fecha de disposición | 04 Diciembre 2015 |
Fecha de publicación | 04 Diciembre 2015 |
Sección | Decretos |
Decreto 2579/2015
Dase por prorrogada designación de la Directora General de Cooperación Internacional.
Bs. As., 25/11/2015
VISTO el Expediente N° 12.856/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 2742 de fecha 28 de diciembre de 2012 y 500 de fecha 9 de abril de 2014, modificado por su similar N° 2035 de fecha 30 de octubre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que en función de lo previsto en el Artículo 1° del Decreto N° 491/02, toda designación en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 2098/08 se procedió a homologar el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por el Decreto N° 2742/12, prorrogado por su similar N° 500/14, modificado por el Decreto N° 2035/14, se designó transitoriamente a la Doctora Da. Lucila Agustina ROSSO, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Directora General de Cooperación Internacional, Nivel A, Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), en el ámbito de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Que la prórroga dispuesta por el Decreto N° 500/14, modificado por su similar N° 2035/14, se encuentra vencida.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, conforme a la urgencia de las tareas a desarrollar y el alto nivel de responsabilidad inherente al mencionado cargo, requiere la prórroga de dicha cobertura transitoria.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado manifestando que no existen objeciones legales que formular para el dictado del presente decreto.
Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO prestan conformidad al dictado del presente decreto.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.
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