Decreto 426/1990

Fecha de disposición12 Marzo 1990
Fecha de publicación12 Marzo 1990
SecciónDecretos
Número de Gaceta26841

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "A" 2885 - 25/3/99 - Ref.: Circular RUNOR 1 - 328. Documentos de identificación en vigencia. Texto ordenado.

B.O.: 12/04/99

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar el texto ordenado a la fecha de las normas dictadas por esta Institución aplicables para acreditar la identidad de las personas de nacionalidad argentina y extranjeras que operan con las entidades financieras.

B.C.R.A.

TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS SOBRE DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION EN VIGENCIA

—Indice—

Sección 1 Para argentinos.

1.1. De toda edad.

1.2. Hasta tanto no obtengan su D.N.I.

Sección 2 Para extranjeros.
  1. l. Radicados antes del 1.1.68

2.2. Radicados a partir del 1.1.70

2.3. Ingresados al país con carácter permanente o temporario, con plazo de permanencia mayor de tres meses y aún no radicados.

2.4. Con menos de tres meses de permanencia en el país.

2.5. Funcionarios internacionales.

2.6. Representantes y funcionarios diplomáticos.

Sección 3 Para nacidos en las Islas Malvinas.

B.C.R.A.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION EN VIGENCIA

Sección 1 Para argentinos

1.1. De toda edad.

1.1.1. Documento Nacional de Identidad (D.N.I.).

1.2. Hasta tanto no obtengan su D.N.I.

1.2.1. Libreta de Enrolamiento.

1.2.2. Libreta Cívica

B.C.R.A.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION EN VIGENCIA

Sección 2 Para extranjeros

2.1. Radicados antes del 1-1-68

2.1.1. Documento Nacional de Identidad - Extranjeros.

2.1.2. Cédula de Identidad de la Policía Federal.

2.1.3. Cédula de Identidad de las Direcciones y Registros Civiles y/o del Estado Civil de la Capacidad de las Personas.

2.1.4. Cédula de Identidad expedida por las policías provinciales.

2.2. Radicados a partir del 1.1.70

2.2.1. Documento Nacional de Identidad - Extranjeros.

2.3. Ingresados al país con carácter permanente o temporario, con plazo de permanencia mayor de tres meses y aún no radicados.

2.3.1. Pasaporte de países limítrofes.

2.3.2. Cédula de Identidad otorgada por autoridad competente de los respectivos países limítrofes.

2.4. Con menos de tres meses de permanencia en el país.

2.4.l. Permiso de ingreso a la República, otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones o por funcionario consular argentino.

2.4.2. Pasaporte visado...

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